A lo largo y ancho de nuestro país, cada vez hay un número mayor de usuarios de bicicletas, de patinetes y de otro tipo de vehículos de tipo VMP (vehículos de movilidad personal). Por este motivo, muchas son las dudas que tienen tanto los usuarios de estos vehículos como el resto de conductores de motocicletas y automóviles y muchas de las cuestiones que se plantean al respecto se centran básicamente en las multas.
MULTAS A USUARIOS DE PATINETES Y VMP
Tal y como recoge el artículo 47 de la nueva Ley de Tráfico que entrará en vigor el 21 de marzo, los usuarios de patinete y de otro tipo de vehículos VMP tendrán que llevar casco, habilitando a los diferentes ayuntamientos la potestad de poder multar a aquellos usuarios que no lo hagan. Dicho artículo dice lo siguiente: "el conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine". Si no lo hace, puede hacer frente a una multa económica de hasta 200 euros y la posible inmovilización del vehículo.
Los usuarios de patinetes y de otros vehículos VMP tienen que cumplir con una serie de normas de circulación, como por ejemplo, no usar auriculares mientras van montados en dichos vehículos, la prohibición de circular a más de 25 km/h de velocidad máxima e incluso no negarse a la realización de una prueba de test o de alcohol. En este caso si el usuario da positivo en un control las multas contempladas al respecto oscilan entre los 500 y los 1.000 euros (sin pérdida de puntos). Por otro lado, si el usuario del VMP es un menor de edad y se somete a una prueba de alcohol, la tasa al respecto es 0,0 (es decir, ni una sola gota de alcohol).
Los usuarios de #VMP también deben someterse a pruebas de #alcoholyotrasdrogas.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) March 16, 2022
Sanción: 500 o 1.000 € según la tasa si sobrepasan la máxima legal en #alcohol, y 1000 € con presencia de drogas en el organismo del #conductor.#CeroRiesgos pic.twitter.com/XVux3NdOUV
Estos usuarios de patinetes y VMP también tienen prohibido circular por las aceras y zonas peatonales, autovías, autopistas, túneles urbanos ni travesías. Si lo hacen, se enfrentan a una multa de hasta 200 euros.
MULTAS DE LA DGT A CICLISTAS
Varias son las multas de la DGT a las que pueden hacer frente los ciclistas. De menor a mayor cuantía, éstas son las más comunes:
Hasta 100 euros
Se sanciona a los ciclistas que lleven a personas mayores de 7 años o que lleven incorrectamente (sin usar una silla homologada) a un menor. Asimismo, se multará con 100 euros a aquellos ciclistas que circulen por la acera o zonas peatonales. También pueden circular en grupo pero no en pelotón, como máximo, en columna de dos bicicletas y manteniendo una distancia mínima de seguridad para evitar choques entre si. En tramos de poca visibilidad o cuando formen aglomeraciones de tráfico, deberán circular en fila de uno.
En el caso de que los ciclistas no lleven ninguna prenda reflectante o, en su caso, el conocido chaleco reflectante, también podrán hacer frente a una multa de hasta 80 euros.
Hasta 200 euros
Los ciclistas podrán ser multados con hasta 200 euros si circulan montado sobre sus bicis usando el teléfono móvil o con unos auriculares. Asimismo, también pueden ser sancionados si no encienden las luces de noche, en túneles o en pasos interiores. También cuando no se da prioridad a los peatones en pasos o intersecciones.
En este grupo de sanciones de hasta 200 euros, también se incluye la incorporación peligrosa a una vía principal o no señalizar una maniobra (giros, cambios de sentido de carril, etc.) al resto de conductores. Por otro lado, cruzar un paso de peatones montado sobre una bicicleta también acarrea multa de 200 euros.
Multas de 500 a 1000 euros
De 150 a 500 euros, multas para aquellos ciclistas que no cumplan con las señales de circulación verticales (stop, de límites de velocidad, ceda el paso) así como los semáforos.
Por otro lado, las multas a ciclistas pueden oscilar entre los 500 y los 1.000 euros si superan la tasa de alcohol (0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro). La cuantía concreta de la multa dependerá de la tasa y de la posible reincidencia o no del ciclista.
QUIÉN PAGA LOS GASTOS EN CASO DE ACCIDENTE CON PATINETES Y BICIS
Además de todas las multas a las que se exponen los ciclistas y los usuarios de patinetes y otros vehículos VMP, ¿quién paga o corre con los gastos en caso de verse envuelto en un accidente?
Al respecto, la DGT ha publicado una interesante información tras consultar previamente al Colegio General de Mediadores de Seguros. En un principio, no es obligatorio contratar un seguro específico para bicis y patinetes, ya que muchos de estos vehículos están cubiertos gracias "al seguro del contenido de su vivienda en una póliza de multirriesgo del hogar". La mayoría de los seguros con este tipo de pólizas prestan una cobertura de responsabilidad civil al asegurado y al resto de las personas que viven bajo el mismo techo y que son aplicables en los accidentes de patinete o bicicleta. No obstante, en muchas pólizas con coberturas especiales, a la hora de contratar las mismas, los asegurados pueden especificar la cobertura de un posible accidente al ser usuario habitual de una bicicleta o un VMP.
¿PAGAS DEMASIADO POR TU SEGURO? ENTRA EN NUESTRO COMPARADOR Y AHORRA YA
Por otro lado, también puede existir la posibilidad de que los implicados en un accidente no dispongan de seguro o que uno de los culpables del siniestro se haya dado a la fuga. En este caso, el Colegio General de Mediadores de Seguros señala que podría ser el Consorcio de Compensación de Seguros el que podría hacerse responsable de los daños.
Asimismo y debido a la gran proliferación de patinetes y de vehículos VMP en las ciudades españolas, cada vez son más las compañías aseguradoras que ofrecen un seguro específico para este tipo de vehículos.