Nos imaginamos ese momento en el que un conductor de un coche eléctrico está un poco apurado porque dispone de poca batería y al acercarse al punto de carga que el navegador le ha recomendado por estar más cerca se encuentra que está ocupado por otro vehículo sin enchufe. Debe dar mucha rabia, pero lo que debe saber es que esa práctica conlleva una multa y dado lo incívico de algunas personas, quizás empiece a ponerse de moda próximamente.
La normativa actual sobre las plazas de carga para coches eléctricos o híbridos enchufables recogida en el Real Decreto 29/2021 que empezó a estar vigente el 1 de enero del 2023 establece que para aparcamientos de más de 20 plazas se deberá instalar un poste por cada 40 plazas. Esta medida es todavía más fuerte para los edificios de la Administración General del Estado, de los organismos públicos vinculados a ella o dependientes de esta, ya que deberán tener un punto por cada 20 plazas.

En muchas de estas plazas se suele encontrar la señal R-308, que en el Reglamento General de Conductores establece que se prohíbe estacionar, aunque en el caso de estas plazas de recarga quedarían exentos los coches eléctricos o los híbridos enchufables, como hemos comentado.
Pero pese a este tipo de señalización o que en muchas ocasiones son pintadas de color azul o verde en el suelo, algunos conductores de vehículos de gasolina o diésel (se podría incluir aquí también a los híbridos sin enchufe) deciden estacionar ahí, seguramente porque les resulte más cómodo. Esta técnica ya ha adoptado un nombre, en concreto se dice que es hacer “icing”, que ha sido acuñado en América del Norte como informan en El Español, en la que incluso colocan un cable para simular que están cargando.

Esta es la multa por aparcar en una plaza de recarga de eléctricos
Pues lo que deben saber todos esos conductores que practican el “icing”, o no les gusta mucho respetar las normas, es que esta acción es considerada por la Dirección General de Tráfico como una infracción grave. No conlleva una retirada de puntos, pero sí está tipificada con una sanción económica de 200 euros.
Al final, como se indica en el Real Decreto 6/2015 del 30 de octubre de 2015, “las plazas de aparcamiento reservadas a un determinado tipo de vehículos y/o usuarios (como, por ejemplo, las dirigidas a vehículos eléctricos o personas con movilidad reducida) no pueden ser utilizadas por otros".

Pero todavía hay más casos para tener en cuenta. En otras ocasiones, son los propios conductores de coches eléctricos o híbridos enchufables los que utilizan estas plazas sin cargar sus vehículos (yo he llegado a ver alguno con el cable puesto, pero sin activar la estación para disimular). Pues para todos estos coches también se podría aplicar la multa de los 200 euros. Y si el poste de recarga tiene un límite de utilización (se suele indicar en una señal) y es sobrepasado, podrían multarnos con 90 euros.
En el peor de los casos, además de llevarte la multa de los 200 euros, tu coche también podría ser retirado por la grúa municipal para llevarlo al depósito. En ese caso deberías revisar el coste que tiene, porque en cada localidad se establece una cuota, siendo Zaragoza, Barcelona y Madrid las ciudades más caras de España (en torno a los 200 euros) y Melilla, Ávila y Huelva de las más baratas (en torno a los 55 euros).