Un conductor viajaba por la AP-7 a bordo de un Ferrari con matrícula extranjera cuando fue detenido por los Mossos d’Esquadra que realizaban un control de velocidad en el término municipal de Gelida (Barcelona). En ese momento los agentes localizaron en el vehículo cuatro antenas camufladas y un interruptor bajo el volante para activar un sofisticado sistema de inhibidor de radares instalado en un rodal.
El conductor reconoció los hechos y como así establece la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ha sido sancionado con una multa de 6.000 euros y la pérdida de 6 puntos del carnet de conducir. Concretamente, el texto de la nueva normativa recoge que “Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera de otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad”.
Antes de la reforma de la Ley de Tráfico que entró en vigor el pasado 21 de marzo, el texto contemplaba que solo eran susceptibles de ser sancionados los conductores que llevaran el sistema activado en el momento de ser cazados. Con la nueva normativa, el mero hecho de llevar un inhibidor de radar en el coche, esté conectado o no, ya es motivo de sanción.
Denunciem un conductor a Gelida que circulava amb un inhibidor de radar. Tenia 4 antenes camuflades en el vehicle, l’interruptor sota del volant i l’aparell instal·lat a un porta-gots. La sanció és de 6.000 € i 6 punts del carnet pic.twitter.com/JcobTtmxSE
— Mossos (@mossos) April 1, 2022
Inhibidores y detectores vs avisadores de radares
Los inhibidores de radares son capaces de localizar los cinemómetros fijos o móviles y, una vez los han detectado, emiten una frecuencia que impide su funcionamiento durante unos segundos. La multa por llevar un inhibidor de radar asciende a 6.000 euros y conlleva la detracción de 6 puntos del carnet. Además, el taller que ha instalado el dispositivo también puede ser sancionado con hasta 30.000 euros.
Pero tampoco los detectores de radares se salvan. Precisamente la Ley de Tráfico establece que está prohibido llevar “mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia de tráfico”. O lo que es lo mismo, los detectores de radares. El detector, a diferencia del inhibidor, no interfiere en el funcionamiento de los sistemas de medición de velocidad, sino que únicamente localiza un radar mediante las ondas que emite y avisa así de su ubicación.
Al igual que los inhibidores, el uso del detector está prohibido y se considera una infracción grave, sancionada en este caso con 200 euros de multa y la pérdida de 3 puntos del carnet de conducir.
De esta forma, el único sistema legal para conocer la ubicación de los radares es el avisador de radares. Lo ofrecen los navegadores GPS y muchas otras aplicaciones móviles que recogen los datos de ubicación de los cinemómetros fijos (no avisa de los móviles) y de tramo que la DGT hace públicos en su página web. Cuando el vehículo se acerca a un control fijo, el mecanismo informa al conductor.









