Los pick-up ya se consideran turismos: ¿cómo le afecta?

La DGT ha emitido una Instrucción por la que los pick-up adquieren por fin la consideración de turismo a efectos de circulación, y no de camiones ligeros. Te contamos sus nuevas condiciones.

Iñaki Nuñez. Twitter: @autopista_es

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Los pick-up ya se consideran turismos: ¿cómo le afecta?

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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha emitido una Instrucción por la cual los modelos pick-up tendrányala misma consideración a efectos de circulación que los turismos, según ha dado a conocer hoy mismo Nissan en un comunicado.

La nueva Instrucción establece que a los modelos pick-up, cuya masa máxima no exceda los 3.500 kilos, con una altura que no rebase los 2 metros de alzada y en los que los asientos de los pasajeros y la zona destinada a la carga no estén en el mismo compartimento, se les aplicará la misma normativa de Circulación que a los vehículos tipo turismo.

En la práctica, la nueva situación permitirá a estos vehículos circular a la misma velocidad que los turismos en autopista, cuando hasta ahora tenían un límite de 90 km/h. Es decir, ya podrán circular hasta 120 km/h cuando la vía así lo permita. Igualmente, estas pick-up podrán hacer uso de los carriles reversibles o viales VAO, o poder realizar adelantamiento cuando esta maniobra esté prohibida para camiones o durante las inclemencias invernales.

Por otro lado, la nueva Instrucción no modifica otras cuestiones como las obligaciones fiscales e impositivas, o la periodicidad con la que deben pasar las revisiones de ITV. En este sentido, las pick-up se mantienen con la clasificación de Vehículo Industrial por criterios de construcción a efectos de registro de Vehículos.

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