Las motos ya no pueden aparcar en todas las aceras de Madrid: descubre dónde

La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible no solo pone restricciones a los vehículos de cuatro ruedas, las motos también van a sufrir algunas limitaciones.

Marina Gª del Castillo

Las motos ya no pueden aparcar en todas las aceras de Madrid: descubre dónde
Las motos ya no pueden aparcar en todas las aceras de Madrid: descubre dónde

El Ayuntamiento de la capital no se ha dejado en el olvido a ningún usuario. Dentro de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid, aprobada el pasado viernes, hay un apartado específico para motos y ciclomotores.

Hasta ahora, las motos aparcaban por las aceras “sin ton ni son". La nueva ordenanza pretende cambiar esta costumbre y para mejorar el tránsito peatonal y especialmente de las personas con movilidad reducida, las motos ya no podrán aparcar en aceras de menos de tres metros de ancho, y tampoco a menos de cinco metros de un paso de peatones.

Además, los motoristas deberán respetar una distancia mínima de dos metros a los pavimentos tacto-visuales colocados en vados peatonales y paradas de transporte público.

Por otro lado, el Ayuntamiento ha duplicado el espacio dedicado en superficie a aparcamiento de motocicletas en el Distrito Centro (Madrid Central), que ha pasado de los 1.276 metros lineales en calzada a 2.693.

Regulación de reservas de estacionamiento

Se regulan expresamente las reservas con el objeto de habilitar en la vía pública espacios que faciliten la parada y el estacionamiento de motocicletas y ciclomotores de dos y tres ruedas, situándolas, cuando proceda a juicio de los servicios municipales de movilidad, en un recinto con elementos de protección respecto del resto de vehículos.

Podrán utilizar estas reservas las motocicletas y los ciclomotores de dos y tres ruedas, las bicicletas y los vehículos de movilidad urbana de las tipologías A y B (patinetes eléctricos y 'segways') no pudiendo hacer uso de ellas ningún otro tipo de vehículo durante el horario que expresamente se determine.

Las reservas de estacionamiento para motocicletas y ciclomotores se ubicarán con carácter general en los 15 metros anteriores y 5 metros posteriores al sentido de la circulación de todos los pasos de peatones, así como en los 15 metros anteriores a las intersecciones.

El horario de inicio de las reservas de estacionamiento para motocicletas y ciclomotores en días laborables, de lunes a viernes, se adelanta a las 7 horas (frente a las 8 horas de antes).

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