Madrid reduce la velocidad a 30 km/h con la nueva ordenanza de movilidad

La nueva ordenanza de movilidad del Ayuntamiento de Madrid se aprueba hoy, viernes 5 de octubre, con importantes cambios en la circulación. La más importante, la mayoría de calles pasan a estar limitadas a 30 km/h y restricciones en el centro.

Alberto de la Torre Twitter: @autopista_es

Madrid reduce la velocidad a 30 km/h con la nueva ordenanza de movilidad
Madrid reduce la velocidad a 30 km/h con la nueva ordenanza de movilidad

Tras varios meses de proyectos y reformas, hoy es el día en el que se aprueba la nueva ordenanza de movilidad del Ayuntamiento de Madrid. Ésta añade importantes cambios a la movilidad madrileña y cambia, sin ninguna duda, la forma en la que se podrá circular por la capital.

A continuación, repasamos los cambios más importantes aplicados por la nueva ordenanza municipal.

Limitación a 30 km/h y la defensa del peatón

La rebaja de la velocidad a 30 km/h en las vías de un solo carril por sentido provocó una importante polémica hace unos meses, pero la restricción se ha mantenido. El objetivo es convertir la ciudad en un espacio más amable para el peatón, por lo que la reducción de la velocidad llevará a una circulación más tranquila por estas calles y se espera disminuir el número de atropellos.

Esta disposición por proteger al peatón también tiene su resultado en las calles más céntricas, en concretas en aquellas del casco histórico en las que la vía circulatoria y la acera se encuentran a la misma altura y sólo está delimitado el espacio por bolardos. En este caso, la velocidad máxima permitida es de 20 km/h y los peatones tendrán prioridad a la hora de cruzar la calle. Estas calles tendrán una señalización que indique la velocidad máxima a la que circular y la prioridad peatonal, así de recibir el nombre de Calle 20.

Madrid Central

El proyecto Madrid Central comenzará a funcionar a partir del 23 de noviembre. En este caso estamos hablando de una amplia zona del centro de Madrid en la que se tendrán en cuenta distintas restricciones de tráfico. El objetivo: bajar los niveles de contaminación de la ciudad favoreciendo el uso del transporte público. Para reforzar sus argumentos, el Ayuntamiento recalca que en el centro de Madrid hay disponibles 60 líneas de autobuses de la EMT, 6 líneas de Metro, 8 de Cercanías y 57 estaciones de Bicimad.

El área de Madrid Central estará delimitada por dos líneas rojas en la calzada que sólo podrán ser rebasadas por los residentes o sus visitantes (previa autorización y ambos sólo podrán aparcar en las calles del barrio de los primeros), los vehículos con etiquetas ECO y Cero emisiones, los de etiqueta B y C que se dirijan a un aparcamiento y los servicios de alquiler de vehículos, taxis o servicios de coche compartido. También aquellas personas que presentes problemas de movilidad. Quienes tienen restringida la entrada en cualquier caso son los vehículos sin etiqueta medioambiental.

También es importante reseñar los cambios en el uso de motocicletas bajo las normas de Madrid Central. Al igual que los coches, aquellas que no cuenten con pegatina medioambiental no podrán acceder y sólo tendrán vía libre a cualquier hora aquellas que demuestren ser poseedoras de las pegatinas ECO o 0. Por el contrario, aquellas con calificación B y C sí podrán acceder al centro siempre que sea en día laborable y de 7:00h a 22:00h o si su destino es un aparcamiento.

Sobre el calendario y los plazos de implementación de Madrid Central, pincha aquí. Lo que sí sabemos ya es que las multas por infringir la prohibición de entrar al centro de Madrid con el coche serán de 90 euros.

Cambios para las bicicletas

La nueva ordenanza también afecta al tráfico ciclista con dos importantes novedades. La primera de ella es que dichos vehículos podrán girar a la derecha a pesar de que el semáforo se encuentre en rojo. Siempre y cuando la maniobra sea segura y esté debidamente señalizada. Además, podrán circular en sentido contrario en aquellas calles limitadas a 20 km/h o menos (las antes mencionadas Calles 20) y atar las bicicletas al mobiliario urbano (prohibido hasta ahora), siempre que no se entorpezca el paso de los peatones, aunque se sigue impidiendo el uso de elementos vegetales o árboles como lugares donde estacionar la bicicleta.

Cambios en el estacionamiento de las motocicletas

En el caso de los motoristas, los cambios se han centrado en el aparcamiento de sus vehículos con el objetivo, ya mencionado, de favorecer el paso de los peatones. Por ello, ya no se podrán aparcar en aquellas aceras con menos de tres metros de ancho y tampoco a una distancia inferior de cinco metros de un paso de peatones (con el objetivo de mejorar la visualización de los peatones y reducir los riesgos de atropello). Si necesitas más información, pincha en este enlace.

Patines y patinetes, regulación del vehículo de moda

Si algo ha aflorado en los últimos meses en la movilidad madrileña es el uso de patinetes, especialmente los eléctricos. Las modalidades de éstos son muchas y ya las tratamos en este artículo. Aquí os detallamos la normativa para el uso de los patines eléctricos más habituales.

La gran novedad de esta ordenanza municipal es la posibilidad de utilizar el patinete eléctrico en las calzadas limitadas a 30 km/h que, recordemos, se trata de la inmensa mayoría de las calles, al tratarse de vías de un solo carril por sentido. Así, los usuarios de los patinetes eléctricos podrán moverse con libertad por estas calles, los parques, los carriles bicis y las aceras (siempre que en este último caso circulen a la misma velocidad que los peatones y no cuentan con alternativa).

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