Aprobado el nuevo plan de movilidad en Madrid: todos los cambios y resticciones

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de la ciudad en la que se da vía libre a las restricciones a la almendra central y modifica algunas regulaciones sobre la zona SER y el uso de bicicletas o patines eléctricos.

Alberto de la Torre Twitter: @autopista_es

Aprobado el nuevo plan de movilidad en Madrid: todos los cambios y resticciones
Aprobado el nuevo plan de movilidad en Madrid: todos los cambios y resticciones

La presentación del nuevo proyecto Madrid Central ha dado luz verde a la aprobación del Ayuntamiento de la capital a la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, que recoge las restricciones al tráfico en la almendra central de la ciudad (Distrito Centro), pero también modifica algunas regulaciones más en materia de tráfico, tanto de coches como de bicicletas o artículos de moda como los patinetes eléctricos.

Madrid

Madrid Central, las restricciones al centro de Madrid

Sin duda, lo más importante del grueso de esta nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible es el proyecto Madrid Central, por el que la circulación dentro del Distrito Centro va a quedar severamente restringida a partir de noviembre y que culminará en febrero, mes en el que se comenzará a multar a todo aquel que circule por el centro de Madrid a pesar de tener prohibido el acceso.

Entre los que sí podrán circular por el centro de Madrid nos encontramos a los vecinos y sus invitados, las personas con movilidad reducida, los servicios públicos esenciales, sanitarios y de emergencias, las motocicletas y ciclomotores, las bicicletas y los taxis o los vehículos de arrendamiento con conductor, los llamados VTC. A todos ellos se suman los vehículos con etiquetas Cero emisiones o ECO de la DGT, entre los que se encuentran los vehículos eléctricos, los de autonomía extendida, los movidos por pila de combustible, los híbridos (enchufables o no) y los movidos por GLP y GNC. Por su parte, los vehículos con etiqueta B o C accederán al centro sólo si se dirigen a un aparcamiento público de rotación o privado. Aquellos que no tengan pegatina (Diesel antes del 2006 y gasolina antes del 2000) tendrán el acceso totalmente prohibido si no son vecinos o invitados.

En cuanto a los plazos que maneja el Consistorio, desde julio hasta noviembre comenzará una campaña de concienciación y de cambios de señales que desembocará en un cierre al centro de Madrid a partir de noviembre, donde los agentes se encargarán de informar a los conductores y redirigir el tráfico. A partir de enero se empezará a controlar el acceso mediante medios telemáticos y en febrero de 2019 se implantará por completo el proyecto Madrid Central, multando a quienes tengan restringido el acceso.

Bicicletas

Peatones y ciclistas, cambios de movilidad

Uno de los principales objetivos del nuevo proyecto de movilidad es el de promover la movilidad peatonal y ciclista. Por ello, las calles de un solo carril por sentido o carril único pasarán a estar limitadas a 30 km/h y aquellas en las que la acera no esté elevada sobre la calzada (muy común en los barrios más céntricos como el Barrio de las Letras o el Madrid de los Austrias), la limitación será de 20 km/h. Además, se crea la posibilidad de declarar “zonas de prioridad peatonal”, donde estará prohibido el estacionamiento de motos en las aceras que dificulte la movilidad a pie.

En cuanto a los ciclistas, los cambios son más profundos. Al principio de la nota informativa se recuerda que la circulación por aceras y zonas peatonales está expresamente prohibida, salvo las aceras bici (las que tienen carril bici) o los menores de 12 años acompañados. Sin embargo, sí se permitirá el giro a la derecha con semáforo rojo cuando la maniobra esté debidamente señalizada y se podrá circular en sentido contrario en las calles residenciales (limitadas como máximo a 20 km/h), ciclocalles (calles de un solo sentido para los coches, limitados a 30 km/h y en los que la bicicleta tiene prioridad) o la red viaria local si así está señalizada.

En cuanto a las bicicletas de alquiler y otras actividades económicas relacionadas, se obliga al registro de las bicicletas y se abre la posibilidad de retirarlas por motivos de seguridad vial, por  necesidad peatonal o por daño al patrimonio de la ciudad. Además, se amplían los requisitos para las bicicletas de alquiler sin base fija en materia de seguros, matrícula, redistribución, mantenimiento y controles técnicos.

Patines

Patines, patinetes sin motor y otros vehículos en crecimiento

El punto más flexible de la normativa lo encontramos en la regulación de la movilidad para los patines y patinetes sin motor, los cuales podrán circular por las aceras (siempre adaptadas a la velocidad de paso de las personas), por aceras bici, sendas ciclables, pistas bicis, ciclocalles de uso exclusivo por bicicletas o carriles bicis (en este último caso, y en el caso de que el carril bici no esté protegido, los menores de edad tendrán que llevar casco y elementos reflectantes y los menores de 16 años deberán ir acompañados). Además, también podrán circular por los parques pero quedarán excluidos de las vías ciclistas con mucha pendiente.

Donde sí se va a volver más rígida la normativa es en el apartado de Vehículos de Movilidad Urbana. En este grupo entran los patines eléctricos, los segway y otros derivados como patines eléctricos sin manillar o aquellos que tienen asiento, bicicletas con cesta grande, bicicletas con pasajeros o trixies. A partir de ahora, la edad mínima de utilización será de 15 años y estará prohibido su uso si se superan las tasas de alcohol y drogas marcadas por la DGT, además deberán llevar timbre, luces y elementos reflectantes y se añade la obligación de casco para los segways y los patinetes eléctricos grandes.

A todo lo anterior, se añade la prohibición de circular por aceras, zonas peatonales o carriles bus, excepto los patines y patinetes (sin motor) que podrán moverse por la acera a menos de 10 km/h y en parques. Las plataformas de una o dos ruedas y patinetes eléctricos pequeños podrán circular por las vías ciclistas y las calles residenciales limitadas a 20 km/h. Además los segways y vehículos de mayor tamaño podrán transitar por las calzadas de las zonas 30 y por las calles limitadas a 30 km/h de velocidad máxima.

En cuanto a las empresas con actividades económicas como los recorridos turísticos, el grupo más amplio será de ocho personas y deberá contar con permiso municipal. Dichos grupos con guía se podrán ampliar sin límite siempre que los nuevos pasajeros tengan menos de 10 años de edad.

Nuevas regulaciones de aparcamiento

Por último, el aparcamiento en la ciudad también va a sufrir algunas modificaciones, especialmente para las motocicletas. A los vehículos de dos ruedas se les especifica que tendrán que aparcar en los lugares destinados para ello o que, en caso de no existir, sólo podrán hacerlo en aceras en los que queden libres más de tres metros de ancho libre (hasta ahora se podían aparcar en las aceras de tres metros de ancho). Si la acera tiene menos de seis metros, se tendrán que aparcar en línea junto al bordillo y si el ancho es superior a los seis metros se aparcará en batería. Además, se tendrán que dejar cinco metros de espacio libre antes de los pasos de peatones para facilitas la visualización de éstos por los coches.

En cuanto al aparcamiento vecinal, se da el pistoletazo de salida a una nueva figura, denominada Zona de Aparcamiento Vecinal (ZAV), que permitirá a los residentes aparcar sin tasa ni límite de estacionamiento pero que tendrá una limitación de dos horas máximo de estacionamiento para quienes no sean residentes. Estas zonas se implementarán en los barrios con efecto frontera con el estacionamiento regulado SER o por demanda vecinal.

En cuanto al SER, se establece la posibilidad a los hospitales y otros centros públicos de pedir la creación de una zona de aparcamiento de larga estancia, de tarifas reducidas a las aplicadas en las zonas verde y azul y en los que se podrá aparcar durante periodos de tiempo más extendidos.

En cuanto a los aparcamientos gestionados por la EMT y otros de carácter disuasorio, los llamados aparcamientos intermodales, se instalarán puntos de recarga y la tarificación pasará a depender de la categoría contaminante del vehículo, en función de su pegatina. Además, se obligará a los responsables de los aparcamientos de informar al Ayuntamiento en tiempo real de los datos de ocupación.

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