Las sentencias siguen favoreciendo a los automovilistas en España por malas praxis de las distintas administraciones. En los últimos meses ya te hemos contado la anulación de multas en Madrid por cobros ilegales en las Zonas de Bajas Emisiones, así como numerosos recursos admitidos contra la DGT por errores en la notificación o justificación de sanciones de radar por excesos de velocidad.
La última que acabamos de conocer ahora podría incluso beneficiar a cerca de 50.000 conductores, según estimaciones de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), quien recurrió una sanción de uno de sus socios y, ahora, una sentencia dictada por la Plaza Nº2 de la Sección de los Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Burgos le ha terminado dando la razón.
La DGT, condenada a devolver los puntos de multas anuladas
Este nuevo dictamen, en concreto, obliga ahora a la DGT a devolver todos los puntos detraídos indebidamente a un conductor, 4 en total, tras habérsele anulado por parte de Hacienda una multa por exceso de velocidad que no estaba convenientemente notificada. Además, condena también a Tráfico a pagar hasta 300 euros de costas judiciales.
Esta sentencia es la última conocida, pero no la primera, por una mala praxis que sigue realizando la DGT desde el año 2006, cuando se instauró el permiso de conducir por puntos. Desde entonces, el departamento de Tráfico se ha negado sistemáticamente a devolver los puntos indebidamente detraídos por multas mal notificadas o mal tramitadas y que han sido, posteriormente, anuladas por los servicios económicos o tribunales dependientes del Ministerio de Hacienda.
Práctica habitual de la DGT, contraria al principio constitucional de seguridad jurídica
La sentencia del juzgado de Burgos justifica textualmente su dictamen en que “sería contrario al principio constitucional de seguridad jurídica el que para dos órganos del Estado (en este caso, por un lado la Jefatura de Tráfico y por otro el Tribunal económico administrativo regional) unos hechos existieran y a la vez no existieran.”
En este mismo sentido se manifiesta el presidente de AEA, Mario Arnaldo, asegurando que “la pérdida de puntos va unida a la multa como la sombra al cuerpo, ya que no puede ser que Hacienda anule la parte económica de la sanción porque no se ha notificado correctamente la multa y, sin embargo, Tráfico mantenga la detracción de puntos”.
El caso concreto recurrido por AEA se ejecutó debida a una sanción impuesta a un automovilista por un supuesto exceso de velocidad del que nunca había tenido noticia previa hasta que Hacienda se la reclamó con un recargo del 20%. Para Mario Arnaldo, la sentencia supone “un nuevo varapalo jurídico a los argumentos perversos que desde hace dos décadas viene utilizando la DGT para no devolver los puntos detraídos injustamente cada año a miles de conductores por multas que no están bien tramitadas”.
En ese sentido, Automovilistas Europeos Asociados calcula, según sus propias estimaciones, que cerca de 50.000 conductores podrían estar en esta misma situación y pueden reclamar la devolución de los puntos por multas mal notificadas o mal tramitadas. La asociación anima a que todos estos propietarios de coches presenten sus recursos ante la DGT.









