Hasta 3.000 € de multa por una acción muy habitual y que vemos casi a diario en nuestros coches

Una nueva ordenanza municipal podría multar ya en España por hechos que hasta ahora no se sancionan habitualmente. La necesidad de reformar las normativas de limpieza podría generar multas de entre 750 y 3.000 euros por muchas acciones habituales.

Las multas pueden ser leves, graves o muy graves
Las multas pueden ser leves, graves o muy graves

Seguro que tú también lo padeces habitualmente y te causa muchas molestias, porque es una acción de lo más habitual en pueblos y ciudades de toda España. Hablamos de subirte a tu coche aparcado en la calle y encontrarte, ya a bordo, con una octavilla de publicidad en tu parabrisas, generalmente sujeta por las escobillas de los limpias. Esta situación, que ya de por sí obliga en muchas ocasiones a tener que parar o volver a salir del coche para quitarla ya que resta visibilidad, también se convierte en un problema cuando hiela o llueve, deshaciendo el papel además por el cristal, algo que luego encima cuesta mucho limpiar.

Pues bien, esta práctica que tanto fastidia y es por otro lado tan habitual de la publicidad callejera podría tener los días contados. Al menos, en la ciudad de Sevilla, donde el Ayuntamiento ya avisa de que realizar estas acciones pueden conllevar durante este año sanciones de entre 750 y 3.000 euros de multa económica al considerarse una infracción grave.

Así lo contempla la nueva reforma de normativa de limpieza de Sevilla, de momento expuesta en un borrador que se debatirá municipalmente y al que ha tenido acceso el diario El Español. Este documento recoge textualmente que “se prohíbe de forma expresa la colocación de octavillas publicitarias y similares en los vehículos estacionados en la vía pública”. Tal cual.

El proceso para reformar la normativa de limpieza de la ciudad ya ha iniciado el trámite de debate y posterior aprobación en el Ayuntamiento de Sevilla y contempla, además de esta curiosa medida, otras también que hasta ahora no se sancionaban y, del mismo modo, son también habituales. Escupir u orinar en la calle, o revolver en los contenedores pasa a estar igualmente prohibido, ya que esos residuos se consideran ya propiedad del Ayuntamiento que prevé un necesario reciclaje.

La normativa también quiere establecer como prohibido tirar obviamente basura al suelo o “sacudir ropas y alfombras” sobre la vía pública. También regar si el agua llega a los viandantes y solo entre las 00:00 y las 8:00 horas, así como arrojar restos de poda o similar a las calles. El borrador de normas de limpieza también impedirá poner carteles y pegatinas en los contenedores y establecerá como obligatorio reciclar para la separación de residuos.

Otra de las novedades afectará a los alquileres de apartamentos turísticos, que a partir de la aprobación del texto exigirán tener al menos un cartel con las normas para tirar la basura, debiendo también indicar a los inquilinos dónde están los contenedores más cercanos para que puedan tirar sus residuos.

 

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