El Gobierno publica en el BOE las restricciones para Semana Santa y el Puente de San José

No habrá movilidad finalmente entre comunidades en Semana Santa ni en el Puente de San José. Las nuevas restricciones, también de toque de queda y reuniones, ya están publicadas en el BOE.

¿Cuándo terminarán las restricciones y daremos por superada la pandemia del Covid-19?
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Pues sí, aunque ya se anunciaba, ahora es oficial: la movilidad quedará, definitivamente, restringida en el Puente de San José y en Semana Santa. Así lo publica ya el Boletín Oficial del Estado, tras la Resolución del  11 de marzo en el que se ratificaba el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente a la Covid-19 con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa de 2021.

El Pleno del Consejo Interterritorial ha definido que sean declaradas como actuaciones coordinadas en salud pública frente a la Covid-19 en todo el territorio los períodos comprendidos entre el 17 y el 21 de marzo de 2021, en los territorios en los que sea festivo el día 19 de marzo; y desde el 26 de marzo al 9 de abril, con motivo de la Semana Santa. Así quedan definitivamente establecidas como medidas de obligado cumplimiento las siguientes:

Limitación de la movilidad territorial

Según publica ya el BOE, “la movilidad estará limitada por el cierre perimetral de todas las comunidades y ciudades autónomas y sujeta a las excepciones reguladas en el artículo 6 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre”. Es decir, que no podrá haber movilidad entre las diferentes comunidades autónomas, salvo causas justificadas. Eso sí, el texto matiza que “lo anterior no será de aplicación a las comunidades autónomas de Islas Canarias e Islas Baleares. La entrada en sus territorios se limitará a los supuestos establecidos en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre”.  

Toques de queda

El BOE también recoge ya cuál será la limitación de movilidad en horario nocturno. Y expresamente señala que “se limitará el derecho de movilidad nocturna como máximo a partir de las 23:00 horas y hasta las 6:00 horas”. Esta norma es de aplicación en todo el territorio nacional.

Reuniones sociales

Por último, el BOE también incide en la limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos o privados. Según señala el texto, “se limitará la permanencia de grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes”. El documento especifica, eso sí, que aquellas comunidades que tengan medidas aún más restrictivas a estas, “serán quienes decidan la conveniencia o no de flexibilizarlas”.

El Ministerio de Sanidad ofrece un mapa en tiempo real con todas las restricciones.
El Ministerio de Sanidad ofrece un mapa en tiempo real con todas las restricciones.

Consulta aquí el mapa con todas las restricciones

Si quieres saber en todo momento qué limitaciones imperan en tu territorio concreto, solo tienes que consultar el mapa interactivo en tiempo real que ha elaborado el Ministerio de Sanidad: ENTRA AQUÍ Y COMPRUEBA LAS RESTRICCIONES EN CADA COMUNIDAD.

A través de este mapa, el Gobierno recoge todas las limitaciones y prohibiciones establecidas por cada comunidad autónoma, así como sus provincias o áreas de salud, teniendo en cuenta sus posibles cierres perimetrales, horarios de toques de queda, reuniones sociales o limitaciones en establecimientos públicos y privados.

 

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