Tras las normativas europeas y la legislación nacional sobre el cambio climático y la transición energética, con el objetivo de mejorar la calidad del aire y proteger el medio ambiente, algunas ciudades de España, como Madrid, Barcelona, Sevilla y otras con ZBE ya han establecido zonas en las cuales se limita la entrada ya a los coches con pegatina ‘B’ y ‘C’ de la Dirección General de Tráfico.
Restricciones
Estas limitaciones se aplican únicamente en áreas designadas como las ya conocidas Zonas de Bajas Emisiones, obligatorias para todas las ciudades con más de 50.000 habitantes o aquellas que tengan más de 20.000 y cuenten con una mala calidad del aire; o como las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección como la capitalina.
De manera inicial, estas prohibiciones se dirigían a los vehículos más antiguos, considerados no ambientalmente limpios, aunque ahora se hacen extensivas a los vehículos que más contaminan dentro de los que disponen de la pegatina, como son los ‘B’ y los ‘C’.
Etiquetas ‘B’ y ‘C’
Estos son los vehículos que disponen de estas etiquetas y que, a partir de ahora cuentan con algunas limitaciones:
- Etiqueta ‘B’:
- Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados después de enero de 2001 y antes de 2006.
- Turismos y furgonetas ligeras de diésel matriculados después de 2006 y antes de 2014.
- Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, ya sean gasolina o diésel, cuya fecha de matriculación posterior a 2006.

- Etiqueta ‘C’:
- Turismos y furgonetas ligeras gasolina matriculados después del año 2006.
- Turismos y furgonetas ligeras diésel matriculados de manera posterior a 2015.
- Vehículos de más de 8 plazas o pesados, dando igual si son gasolina o diésel matriculados después de 2014.

Etiquetas ‘ECO’ y ‘0’
Estos son los vehículos que cuentan con estas etiquetas y que pueden acceder a todas las Zonas de Bajas Emisiones sin problema:
- Etiqueta ‘ECO’:
- Híbridos enchufables con autonomía inferior a 40 km
- Híbridos no enchufables (HEV)
- Vehículos propulsados por gas natural y gas licuado del petróleo (GNC y GLP), principalmente.

- Etiqueta ‘0’:
- Vehículos eléctricos de batería (BEV),
- Eléctricos de autonomía extendida (REEV),
- Híbridos enchufables (PHEV) con autonomía superior a 40 km
- Vehículos de pila de combustible.

Prohibición
Ahora mismo, los coches con etiquetas ‘B’ y ‘C’, en Madrid, solo pueden acceder a las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección si aparcan en establecimientos con licencia del Ayuntamiento.
Barcelona, por ejemplo, ha propuesto prohibir la entrada de los vehículos ‘B’ a su municipio, aunque esto está pendiente de una sentencia del Tribunal Supremo.
A su vez, se planea que los ayuntamientos españoles acaben por restringir poco a poco la movilidad de estos vehículos para 2028, esperando a que los coches gasolina y diésel sean eliminados por completo de nuestras carreteras entre 2035 y 2050.