Con el precio que alcanzan los servicios en todos los sectores, poder al menos disponer de distintos establecimientos y presupuestos es fundamental para comparar y elegir. Es lo que garantiza cualquier ley antimonopolio y de libertad de compra. Sin embargo, en el mundo de los automóviles habrás comprobado alguna vez cómo hay determinadas averías, recambios o actualización de software que prácticamente obligan a pasar por servicios oficiales y talleres de los fabricantes.
Y claro el coste de cualquier servicio lógicamente, como sucede con cualquier producto de marca, se encarece. De hecho, ya lo está siendo en general, pues un reciente informe alerta de que el coste de los talleres se ha disparado en el último año un 20 por ciento, oscilando ya la mano de obra entre los 60 y los 100 euros la hora. Es fundamental por tanto comparar y comprobar precios.
Así es la nueva sentencia de la UE contra las automovilísticas
Desde ahora, será más sencillo. Porque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el TJUE, anuncia que obligará a los fabricantes de automóviles a poner a disposición de todos los talleres y distribuidores de piezas de recambio, entre otros agentes independientes, la información necesaria para la reparación y el mantenimiento de los vehículos que producen. Así lo indica ya de hecho a través de una nueva sentencia.
El TJUE falla así en relación a la demanda de una asociación profesional alemana de comercio independiente de piezas de automóvil, que alegaba que “ni la forma ni el contenido de la información facilitada a sus miembros por parte del fabricante de camiones Scania” cumplía con esta obligación legal. El Tribunal ha aclarado por tanto que todas las automovilísticas están “obligadas a proporcionar acceso a toda la información sobre la reparación y el mantenimiento de los vehículos”, asegurando también que el formato de los datos permita “su explotación electrónica directa”.
Al mismo tiempo, el Tribunal de Justicia Europeo asegura que los fabricantes también están obligados a “crear una base de datos con la información sobre las piezas que pueden ser sustituidas por otras de recambio”. “La búsqueda de información en esta base de datos debe poder realizarse a partir de los números de identificación de los vehículos y de otros criterios, como la potencia del motor o el tipo de acabado del vehículo”, añade la sentencia del TJUE.
La nueva sentencia también destaca que los números de identificación de los vehículos deben estar incluidos, matizando que ese número carece de información de carácter personal, pero que “se convierte en un dato personal cuando alguien que tiene acceso a él dispone de medios que le permiten identificar al titular del vehículo, siempre que se trate de una persona física”. En estos casos de poderse identificar al titular de un vehículo, la obligación es compatible con el Reglamento General de Protección de Datos.









