A pesar de llevar ya varios meses a vueltas con ellas, las ZBE, o Zonas de Bajas Emisiones, están trayendo de cabeza a muchos conductores. Hay que recordar que estas zonas entraron en vigor el 1 de enero y afecta a todos aquellos municipios con más de 50.000 habitantes, territorios insulares y municipios con más de 20.000 habitantes cuando se superen los valores límite de los contaminantes regulados en el Real Decreto 102/2011 de 28 de enero relativo a la mejora de la calidad del aire. Es decir, aproximadamente 150 municipios españoles deberían poner en marcha esta medida. Sin embargo, a día de hoy, se estima que solo el 20 por ciento de estas ciudades las han puesto en marcha.
Estas ZBE afectan, de momento, a todos aquellos vehículos que carecen del distintivo medioambiental de la DGT, aproximadamente diez millones. Todos estos vehículos no pueden acceder, circular ni aparcar en estas Zonas.
Los coches que sí pueden circular y aparcar en las ZBE
Y mientras los coches sin etiqueta son los grandes perjudicados de esta normativa, los grandes beneficiados son aquellos con etiqueta Cero, con los que sí se puede circular y aparcar gratuitamente en estas ZBE, aunque con los matices propios de cada municipio. Hablamos de eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.

Y como “hecha la ley, hecha la trampa”, nos encontramos con que muchos conductores adquieren un vehículo híbrido enchufable para tener la etiqueta Cero de la DGT y luego no se preocupan de cargar las baterías, es decir, que la mayoría del tiempo no están circulando en modo cero emisiones.
Otras excepciones: los vehículos históricos
A priori, ya hemos dicho que todos los coches sin etiqueta de la DGT tienen prohibida la circulación por las ZBE. Sin embargo, hay algunas excepciones. Una de ellas son los vehículos históricos. Y es que los ayuntamientos también permiten la circulación por las ZBE de los llamados vehículos históricos, es decir, aquellos con al menos 30 años de antigüedad desde su fabricación o matriculación. Eso sí, solo para aquellos propietarios que hacen “un uso ocasional y no como medio de transporte habitual”. Y es que, según algunos estudios, un gran porcentaje de estos vehículos circula pocos días al año y solo para recorrer distancias pequeñas. Según el Registro de Vehículos de la DGT, actualmente hay en España un total de 47.000 vehículos históricos.

Otra excepción que hacen los ayuntamientos tiene que ver con los vehículos a nombre de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida. También pueden circular los vehículos industriales de reparto, furgonetas, motocicletas y ciclomotores.
Por otra parte, las transformaciones a eléctricos de vehículos gasolina y diésel, o lo que se conoce técnicamente como retrofit, también da derecho a circular por Zonas de Bajas Emisiones sin ningún tipo de límite, pues pasan a disponer de la etiqueta Cero.