Esta es la fecha en la que Madrid empezará a multar con 200 € a coches que entren dentro de la M-30

En poco más de un mes el Ayuntamiento de Madrid comenzará a multar con 200 euros a un determinado tipo de coches que accedan al interior de la M-30. Aquí tienes todas las claves.

La fecha en la que Madrid empezará a multar con 200 € a coches que entren dentro de la M 30
La fecha en la que Madrid empezará a multar con 200 € a coches que entren dentro de la M 30

El futuro a corto y medio plazo para los coches sin etiqueta de la DGT es muy poco halagüeño. Este tipo de vehículos son los primeros que se verán afectados por las restricciones de circulación ya anunciadas para algunas determinadas áreas de grandes ciudades españolas, las llamadas ZBE (o Zonas de Bajas Emisiones). Tal y como establece la última modificación importante de la Ley de Cambio Climático, todos los municipios y ciudades de España con una población de más de 50.000 habitantes deberán contar con una zona ZBE, siendo cada ayuntamiento en cuestión el que establezca las normas y las diferentes restricciones de circulación.

Sin embargo, Madrid y Barcelona llevan ya un tiempo adelantándose a esa Ley de Cambio Climático y han venido imponiendo diferentes restricciones tanto a sus específicas áreas ZBE como a otras importantes zonas de todo su cinturón metropolitano. En el caso de Madrid, por ejemplo, desde el 1 de enero de 2022 todos aquellos vehículos que no tengan etiqueta medioambiental de la DGT (aquellos de gasolina anteriores al año 2001 y diésel anteriores a 2006) no podrán acceder al interior de la vía de circunvalación de la M-30.

Desde ese día 1 de enero y hasta el 1 de marzo, los propietarios de vehículos sin etiqueta que hayan circulado por el interior M-30 han podido recibir un aviso sancionador del Ayuntamiento de Madrid, es decir, una información importante indicándoles que han vulnerado la normativa. Durante estos dos primeros meses, los conductores que lo hayan incumplido se han librado momentáneamente de la multa efectiva y real, algo que no sucederá desde el 2 de marzo, momento a partir del cual sí que se empezará a multar “de verdad” con 90 euros.

Sin embargo, esa multa de 90 euros es solo transitoria, ya que según han indicado en las últimas semanas el Ayuntamiento de la capital, los vehículos sin etiqueta que circulen por el interior de la M-30 a partir del 21 de marzo de este año, deberán hacer frente a una multa económica de mayor cuantía: 200 euros.

Ahora bien, existen varias excepciones. Si el propietario del vehículo sin etiqueta que haya circulado por el interior de la M-30 tiene el impuesto de tracción mecánica IVTM domiciliado en una calle ubicada dentro de la M-30, estos conductores podrán circular libremente sin recibir la multa de 90 euros (y de 200 euros a partir del 21 de marzo).

En el caso de los conductores dueños de vehículos con etiquetas B y C de la DGT sí que podrán entrar, estacionar y circular por el interior de la M-30 sin limitaciones, salvo las debidamente indicadas en la nueva área específica de Madrid Distrito Centro (la antigua zona denominada como Madrid Central), la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección de la capital española a la que sólo pueden acceder si estacionan su vehículo en un aparcamiento de uso público o privado.

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Otras de las excepciones que afectan a los vehículos no empadronados sin etiqueta por el interior de la M-30 a los que no afecta la normativa (y tampoco recibirían la normativa) son aquellos destinados al transporte de mercancías, aquellos otros de los servicios de emergencias y cuerpos y fuerzas de seguridad (policía, bomberos, personal sanitario y Protección Civil) o aquellos otros especialmente adaptados para ser conducidos por o para el traslado de personas con movilidad reducida. Por último, a los denominados como coches históricos o clásicos tampoco les afecta la normativa.

 

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