Nos encontramos, hasta el próximo domingo día 15 de marzo, en plena campaña de vigilancia y control de los dispositivos de seguridad que más vidas salvan en los coches: el cinturón de seguridad y los sistemas de retención infantil. Así lo ha anunciado la Dirección General de Tráfico, y así hemos empezado a ver las primeras multas y casos sorprendentes cazados en carretera por la Guardia Civil.
Y es que los datos siguen siendo alarmantes. Hasta el 23 por ciento de los fallecidos al año en accidentes de tráfico viajaban sin cinturón de seguridad en turismo o furgoneta. Y eso que está absolutamente probado que estos dispositivos reducen en un 50 por ciento el riesgo de muerte en siniestros y en un 75 por ciento las lesiones graves. Se estima que, solo en 2018, hasta 92 personas se habrían salvado de llevarlo puesto en sus accidentes.
Por eso, coincidiendo con esta campaña y conscientes de su importancia, no está de más recordar que, aunque parezca mentira, no siempre es obligatorio el cinturón de seguridad cuando subimos hoy a un coche en España. Aunque la DGT ya anuncia que algunas de las exenciones actuales están siendo sometidas a debate para modificar la normativa, todavía en estos 7 casos no es obligatorio llevarlo puesto. La DGT nos lo recordaba recientemente en un informe en su revista Tráfico y Seguridad Vial:
En España hoy en día están exentos de llevar el cinturón de seguridad, como norma general y en todas las vías nacionales, aquellos conductores que se encuentren realizando una maniobra de marcha atrás o de estacionamiento.
Como norma general, y también en todas las vías, está permitido que no usen el cinturón de seguridad los conductores que certifiquen razones médicas graves o discapacidad.
También están exentos de llevar cinturón de seguridad, aunque en esta ocasión solo en vías urbanas, los conductores de** taxis que estén en servicio**. Además, la normativa también recoge que podrán transportar a niños sin sistema de retención homologado cuando tengan una estatura por debajo de los 1,35 metros circulando en ciudad, siempre que ocuen uno de los asientos posteriores del vehículo.
Están del mismo modo exentos de llevar cinturón de seguridad los transportistas, solo cuando realicen operaciones sucesivas de carga y descarga en lugares próximos.
Los conductores y los pasajeros de vehículos en servicio de urgencia o emergencia también están exentos de llevar puesto el cinturón de seguridad.
Las personas que acompañan a un alumno durante el aprendizaje de la conducción o durante las pruebas de aptitud y estén a cargo de los mandos del coche, también pueden estar exentos de llevar el cinturón. Esta norma afecta por tanto a profesores de autoescuela y examinadores en servicio.
La última exención en España de cinturón de seguridad afecta a los pasajeros que viajen de pie en un autobús autorizado para ello, o en el caso de que estos vehículos no estén dotados con estos sistemas de seguridad. En este sentido, la propia DGT destaca en su nueva campaña de vigilancia que solo el 20% de los pasajeros de autobuses hace hoy uso del cinturón.
Aunque esto es lo que hoy en día dice la normativa en España, pedimos encarecidamente que siempre se use el cinturón de seguridad en un vehículo, independientemente de que esté contemplado en una de estas exenciones. Tu vida está en juego.