La dura multa de 1.000 € y seis puntos que la DGT puede poner a este tipo de conductores

La DGT ha incidido en las últimas horas en la infracción que puede cometer un tipo específico de conductores, que acarrea una multa de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos en el carné.

La dura multa de 1.000 € y seis puntos que la DGT puede poner a este tipo de conductores
La dura multa de 1.000 € y seis puntos que la DGT puede poner a este tipo de conductores

Según las estadísticas oficiales de accidentes de tráfico, el alcohol es uno de los factores de riesgo más frecuentes en un siniestro vial con personas fallecidas. Por ello, es más que habitual que tanto el Ministerio del Interior como la propia DGT lleven a cabo importantes e impactantes campañas de concienciación a los conductores sobre la importante de no ingerir ningún tipo de bebida alcohólica antes de ponerse al volante de un vehículo.

En las últimas horas, la DGT ha incidido aún más sobre esta cuestión y ha puesto el foco en dos tipos de conductores: los noveles o principiantes y los conductores profesionales. De acuerdo con la legislación actual, las tasas de alcoholemia permitidas para los conductores en España son las siguientes: en primer lugar, 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado (para noveles y profesionales); y en segundo lugar, 0,5 g/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado (para el resto de conductores).

Ambos tipos de conductores (noveles y profesionales) se enfrentan a duras multas en el caso de que conduzcan con una tasa de alcohol superior al valor legal. En el caso de los noveles, si superan los 0,3 gramos por litro en sangre o los 0,15 miligramos por litro en aire respirado, deberán hacer frente a una multa de 1.000 euros y a la retirada de cuatro a seis puntos en el carné.

Por su parte, los conductores profesionales que den positivo en un test de alcoholemia y registren una tasa de entre 0,16 mg/l y 0,30 mg/l en aire espirado, se les retirarán 4 puntos del carnet y se les impondrá una multa de 500 euros. Si la tasa está por encima de los 0,30 mg/l se procederá a retirar 6 puntos y una multa de 1.000 euros.

Por regla general y según la legislación vigente en materia penal, cualquier tipo de conductor que supere los 0,6 miligramos por litro en aire respirado o los 1,2 gramos por litro en sangre será condenado por delito de alcoholemia contra la seguridad vial y de tráfico, según el artículo 379 del Código Penal.

La pena prevista por la comisión de este delito es de prisión de tres a seis meses, de multa de seis a doce meses o de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Y, en todo caso, de la retirada del permiso de conducir de vehículos a motor y ciclomotores entre uno y cuatro años.

 

 

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