La DGT rebajará la edad para sacarse todos estos carnés y permisos de conducir

Tráfico está sopesando una modificación que permitiría adelantar los plazos y conseguir el permiso de conducir siendo más joven.

La DGT rebajará la edad para sacarse algunos permisos de conducción.
La DGT rebajará la edad para sacarse algunos permisos de conducción.

Desde hace varios años, muchos jóvenes aspirantes a conductor profesional y algunas empresas del sector, vienen reclamando rebajar la edad para obtener el permiso de conducir. Y parece que por fin, la Dirección General de Tráfico está a punto de acceder a esta demanda histórica del sector del transporte por carretera.

La DGT ha anunciado la aprobación “en pocas semanas” de la reforma de las edades de obtención de los carnés de conducir para profesionales, que en la práctica supondrá rebajar hasta en tres años (de 21 a 18) la edad de obtención del permiso para conducir autobuses y camiones.

El anuncio lo ha hecho la subdirectora general de Formación y Educación Vial de DGT, María José Aparicio, durante el seminario Transporte y Logística Formación Digital, organizado por la Fundación Corell. “Con esta medida se da respuesta a una reclamación ampliamente realizada por el sector del transporte profesional por carretera, ante la falta de conductores que afecta gravemente al sector desde hace tiempo”, explica la Fundación Corell a través de un comunicado, en el que se califica la reforma como un “cambio histórico para el sector del transporte”.

Cambios en la edad de obtención del permiso

La reforma que prepara la DGT sobre la edad de obtención de los permisos de conducir supondrá los siguientes cambios:

Permiso C (camiones de hasta 7.500 kg). La edad mínima será de 18 años cumplidos, para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP), obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.

Permiso C+D (autobuses de más de 17 plazas). La edad mínima será de 18 años cumplidos, para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP), obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.

Permiso D1 (autobuses de hasta 17 plazas). La edad mínima será 18 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria, si bien sólo podrán conducir estos vehículos dentro del territorio nacional hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos.

Permiso D1+E (autobuses hasta 17 plazas con remolque). La edad mínima será 18 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria, si bien sólo podrán conducir estos vehículos dentro del territorio nacional hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos.

Permiso D y D+E (autobuses de más de 17 plazas con remolque). La edad mínima será de 21 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria. También, la edad mínima será de 21 años cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial acelerada y se trata de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 km. La edad mínima será de 23 años cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial acelerada.

Pero tras estos puntos señalados la reforma aún afectaría a otros casos. Desde la Fundación Corell se señala que “dentro del territorio nacional y hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos, se podrá conducir a las siguientes edades”:

- 18 años cumplidos en caso de que se conduzcan estos vehículos sin pasajeros o si se trata de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 km, para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.

- 20 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.

 

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