Seguro que te has encontrado en esta situación alguna vez. Te estás acercando a un semáforo y justo antes de sobrepasarlo cambia la luz verde a la amarilla o ámbar. En pocos segundos tienes que decidir si aceleras antes de que cambie a rojo y te arriesgues a una posible multa o, tras revisar que no haya otro vehículo demasiado cerca, frenas de forma segura.
Generalmente en la sociedad se comenta a menudo que con el semáforo en ámbar todavía se puede cruzar, por lo que la opción de acelerar un poco podría ser la correcta. Ante esta tesitura y para tratar de zanjar este tema para siempre, desde la Dirección General de Tráfico (DGT) han publicado cómo se debe proceder correctamente en estos casos.
Pues lo primero que vamos a hacer es acudir al artículo 146 del Reglamento General de Circulación, que es donde se especifica el funcionamiento de los “semáforos circulares para vehículos”. Es aquí donde encontramos los dos supuestos posibles que deberemos tener en cuenta, porque con uno nos pueden multar y con el otro no.
- “Una luz amarilla intermitente o dos luces amarillas alternativamente intermitentes obligan a los conductores a extremar la precaución y, en su caso, ceder el paso. Además, no eximen del cumplimiento de otras señales que obliguen a detenerse”.
- “Una luz amarilla fija significa que los vehículos deben detenerse en las mismas condiciones que si se tratara de una luz roja fija, a no ser que, cuando se encienda, el vehículo se encuentre tan cerca del lugar de detención que no pueda detenerse antes del semáforo en condiciones de seguridad suficientes”.
Por tanto, si nos encontramos con el primer caso en el que el semáforo muestra de forma intermitente la luz amarilla o ámbar, lo que debemos hacer es reducir la velocidad y revisar nuestro entorno, porque probablemente esté habilitado para que los peatones crucen por la vía. O también se puede utilizar para avisar de otros motivos como las obras.
Pero si está fijo deberemos actuar como si estuviera rojo, con la excepción indicada arriba de que nuestra detección no conlleve un peligro para la seguridad de otros vehículos. En caso de no hacer caso a esta advertencia, el reglamento indica que conllevará una multa de 200 euros y la retirada de cuatro puntos del carnet.









