Desde hoy lunes 5 de diciembre y hasta el próximo día 11 la DGT intensificará el control y la vigilancia del consumo de alcohol o de cualquier tipo de droga al volante. Esta nueva campaña coincide, además, con una semana en la hay que dos festivos nacionales (martes 6 de diciembre Día de la Constitución y jueves 8 de diciembre Día de la Inmaculada) y a pocos días antes de que un gran número de empresas en nuestro país comiencen a celebrar las tradicionales comidas y cenas de Navidad o de fin de año.
A este operativo especial de vigilancia en carretera se unirán numerosos agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATGC) y de las diferentes policías locales, con el objetivo de controlar la presencia de alcohol o de drogas en los conductores. Según las estadísticas oficiales, el alcohol o las drogas han sido el factor recurrente en el 31 por ciento de los accidentes de tráfico con víctimas mortales.
De forma específica y según los datos oficiales de siniestralidad vial de la DGT, en el 49,4 por ciento de los conductores fallecidos en carretera en 2021 se detectó la presencia de alcohol, drogas o psicofármacos, aisladamente o en combinación.
Dentro de este dispositivo de vigilancia, se establecerán diferentes puntos de control en todo tipo de carreteras (incluidas las vías urbanas) y a cualquier hora del día.
CONDUCIR CON ALCOHOL Y DROGAS EN EL ORGANISMO: MULTAS Y CUÁNDO ES DELITO (CÁRCEL)
La mejor prevención que puede hacer cualquier tipo de conductor antes de ponerse al volante de cualquier tipo de vehículo es la de no ingerir ni una sola gota de alcohol y, por supuesto, no consumir ningún tipo de droga o de sustancia estupefaciente.

De forma específica, en el caso del alcohol se establecen una serie de límites en aire espirado y en sangre según el tipo de conductor.

Por otro lado, conducir bajo los efectos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas pueden conllevar penas y condenas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficios de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años. En todos los casos, la negativa a someterse a hacer las pruebas antes los agentes conlleva directamente prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
En el caso del alcohol, es considerado delito cuando en los test se detectan tasas superiores a 0,60 mg/l en aire y 1,2 g/l en sangre. En este caso, supone penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficios de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años. Asimismo, negarse a realizar un test de alcoholemia conlleva directamente prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.