Pese a que forma parte de nuestro día a día, en la mayor parte de las ocasiones que damos marcha atrás con un coche estamos actuando en una maniobra complementaria para el aparcamiento. Esta es una de las ocasiones en las que podemos movernos utilizando nuestros retrovisores, pero no la única. Sin embargo, por circular marcha atrás, también nos pueden imponer una multa de 200 euros.
Tal y como señala la DGT en el tweet que tienes más abajo, la marcha atrás está prohibida en la mayoría de las ocasiones, salvo algunas pequeñas excepciones en las que, igualmente, hay que circular despacio, vigilando muy bien lo que sucede por nuestros retrovisores y sin entrañar un peligro para el resto de usuarios.
Circular "marcha atrás” está prohibido, salvo cuando no sea posible ir hacia adelante ni cambiar dirección/sentido de marcha y como maniobra complementaria de otras.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) August 18, 2020
Para que sea seguro debe ser maniobra corta, lenta, sin riesgo para otros usuarios.
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Por ello, la marcha atrás está permitida cuando se utiliza como maniobra complementaria para el aparcamiento. Del mismo modo, igual que estacionamos nuestro coche en un lugar determinado, también necesitamos reemprender la marcha. Por tanto, la marcha atrás también está permitida cuando nos reincorporamos a una vía teniendo el coche aparcado. Del mismo modo, la marcha atrás puede ser utilizada complementariamente si realizamos una parada de menos de dos minutos.
Hasta ahora se han dado situaciones de parada y estacionamiento pero, en último lugar, también se puede realizar una excepción si nos encontramos en una zona cortada o sin salida donde es imposible seguir la marcha y, además, tampoco podemos dar la vuelta. Por su puesto, siempre deberemos atender a la regla básica del RSM (Retrovisor, Señalización, Maniobra).
Como ves, ninguna de estas excepciones permite dar marcha atrás en una calle (a menos que sea para parar o estacionar) o en una vía rápida, pues siempre podremos mantener nuestra dirección hacia adelante. En estos casos, la multa por circular a contramarcha en una autopista o autovía asciende a 200 euros y la retirada de cuatro puntos del carné de conducir, pues se considera una maniobra muy peligrosa. La única excepción es la de los servicios de emergencia, que podrán actuar de esta manera siempre que lo hagan con la máxima precaución y señalando con anterioridad sus intenciones.