Los conductores jóvenes ya no podrán conducir coches potentes: nueva ley que puede llegar a España

Se llama ley Ripost y el pasado 21 de julio fue aprobada por el Parlamento francés. En caso de incumplirla, los conductores nóveles se enfrentarían a multas de 15.000 euros o un año de prisión.

Los conductores jóvenes ya no podrán conducir coches potentes: nueva ley que puede llegar a España. Foto generada por IA
Los conductores jóvenes ya no podrán conducir coches potentes: nueva ley que puede llegar a España. Foto generada por IA

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Ahora mismo en España si te sacas el carnet de conducir de coche, el conocido con la letra B, puedes comprarte el coche que quieras, independientemente de la potencia que tenga. Esto es algo que no pasa con las motos en nuestro país, que obligan primero a pasar por el A2 para luego obtener el A sin limitaciones. Pues bien, en Francia han decidido que aplicarlo a los vehículos de cuatro ruedas sería una buena idea.

Propuesto por el ministro del Interior, Laurent Nuñez, el pasado 21 de julio el Parlamento francés aprobó la que se ha denominado como Ley Ripost. Con ella lo que se pretende es “dar una respuesta inmediata a los fenómenos que perturban el orden público, la seguridad y la paz de nuestros ciudadanos”. Por tanto, estamos ante un texto extenso con varias medidas y en el artículo 3 se trata precisamente de que los conductores nóveles ya no podrán conducir coches con muchos caballos.

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¿Cómo es la ley Ripost?

Al igual que sucede en nuestro país, en Francia también ya existe una limitación para el permiso de conducir A2 de motos, algo que como informamos ahora se trasladará a los titulares de un permiso B provisional que ya no podrán acceder a vehículos “cuya potencia supere un límite establecido por la normativa”, tal y como se puede leer en la información de nuestros compañeros de L’Argus.

Ahora, tras pasar por el Parlamento, lo siguiente será aprobar el decreto que establezca definitivamente el umbral de potencia que se pondría como límite. De esta manera, cuando sea vigente, los conductores nóveles tendrán prohibido conducir una serie de coches potentes, incluyendo los que sean de su propiedad, prestados o alquilados, durante el tiempo establecido como “licencia provisional”: tres años para todos aquellos que completen el curso estándar o dos años para quienes hayan optado por la modalidad de conducción supervisada.

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Las sanciones serán muy duras

Volviendo a la información anterior, se indica en el artículo que se ha registrado en nuestro país vecino un alarmante aumento de accidentes con conductores noveles al volante de vehículos potentes y deportivos, por lo que el Ministerio del Interior ha decidido tomar una postura mucho más firme de cara al futuro.

Y lo de firme lo vas a entender perfectamente a continuación, ya que a los infractores se les aplicará una multa de hasta 15.000 euros y un año de prisión, pudiendo alcanzar un máximo de 30.000 euros y dos años de prisión en caso de que se informe que hayan comprometido la seguridad de los otros usuarios de la vía o alteren el orden público. Sin olvidar que también se ha especificado que el vehículo en cuestión podría ser incautado.

Cuántos puntos tiene un conductor novel
Un conductor novel

Como en el texto que legisla esta nueva Ley Ripost se han incluido los coches de alquiler, también se aplicará sanciones a este tipo de empresas en caso de descubrir que han arrendado uno de sus modelos más potentes a un conductor novel. En este caso hablamos de una multa de las consideradas de quinta categoría en Francia que podría alcanzar un máximo de 1.500 euros, subiendo a 3.000 euros en caso de reincidencia.

Lucha contra las carreras ilegales

Dentro de esta nueva Ley Ripost también se han incluido otra serie de medidas destinadas a intensificar conductas de conducción peligrosa. Una de ellas serían las carreras callejeras urbanas, tanto las individuales como en grupo, que a partir de ahora estarán sujetas a sanciones más severas, incluyendo multas fijas, suspensión del permiso de conducir, incautación del vehículo o incluso su confiscación. De esta manera, se tipifica como delito las reuniones motorizadas prohibidas ya sean carreras callejeras o encuentros sin permiso de modificaciones de vehículos.

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Y curiosamente (no es una broma), también se va a luchar contra el uso indebido del óxido nitroso al estilo de película A todo gas. En concreto, a partir del 1 de febrero de 2027 “la venta de óxido nitroso a particulares estará estrictamente prohibida”, además de crear un nuevo delito de “uso indebido” de esta sustancia fuera del “entorno médico”. En caso de incumplirla se aplicará una multa de 500 euros.

 

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