En las últimas semanas hemos vivido la tramitación del nuevo Madrid 360, el plan que ya ha sido aprobado y que muy pronto sustituirá al actual Madrid Central en la capital. Como te hemos contado, no hay grandes cambios para la mayor parte de los ciudadanos, salvo que sean comerciantes de la zona, que ahora contarán con los mismos derechos que el resto de residentes.
Sin embargo, el nuevo plan sí contempla algo interesante para los dueños de los vehículos históricos. Como bien sabes, en los próximos años se restringirá la circulación a los automóviles sin etiqueta, quienes ya tienen prohibido entrar en la almendra central. Estas medidas, sin embargo, no afectarán a aquellos automóviles definidos como históricos, sólo a los antiguos.
¿Y qué diferencia hay entre histórico y antiguo?
Un vehículo histórico no es un coche antiguo, pues como señalan en la DGT deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Tener una antigüedad de 30 años o más.
- Estén incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural y los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento de trascendencia histórica.
- Sean considerados vehículos de colección, que por sus características, singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial muy sobresaliente, merezcan acogerse al régimen de los vehículos históricos.
Es decir, que para que un vehículo sea clasificado como histórico es necesario contar con un informe técnico que demuestre que cumple con los requisitos anteriores.
Con el nuevo plan Madrid 360 también llega una buena noticia a los amantes de los clásicos, pues se han tenido en cuenta las alegaciones que la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA) había interpuesto en los borradores del nuevo proyecto. Con el texto definitivo aprobado, “todos los vehículos y motocicletas Históricos pueden y podrán circular por todo el término municipal, siempre que no haya restricciones excepcionales, indefinidamente, incluido el acceso a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro (antiguo Madrid Central, ahora ampliado), con sus particularidades”, señalan desde FEVA.
En cuanto a su estacionamiento, la federación aclara que los automóviles con más de 50 años podrán aparcar en superficie, pero que los automóviles de una antigüedad inferior sólo podrán hacerlo en aparcamientos públicos o privados, dentro del Distrito Centro. Eso sí, en el resto del término municipal sólo podrán aparcar en garajes y aparcamientos públicos y privados, por lo que tendrán prohibido aparcar en superficie.