Pues sí, la policía y los cuerpos de seguridad no van a poder sancionar desde ahora el consumo de drogas en el interior de coches aparcados. Aunque parezca sorprendente, la decisión llega avalada en las últimas horas por una instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad, dependiente del Ministerio del Interior, donde explica que los “vehículos se consideran espacios de privacidad” y no se pueden aplicar sanciones de la Ley de Seguridad Ciudadana, por lo que ordena que no se denuncien el consumo o la tenencia de drogas dentro de coches aparcados.
Hasta ahora la ley no autorizaba obviamente el consumo público de drogas y estupefacientes, pero no permitía la sanción ni la penalización dentro de zonas privadas, salvo donde se ejerza un perjuicio a terceros, especialmente si son menores de edad. Dentro de estas zonas de momento solo se contemplaba la vivienda particular, pero desde ahora lo harán también los interiores de vehículos que pasan a ser, “oficialmente”, considerados espacios privados igualmente no sancionables.
Los agentes no podrán sancionar consumos de drogas dentro de vehículos estacionados, pero sí en tránsito
La instrucción del Ministerio del Interior, eso sí, detalla que los agentes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil no pueden denunciar estas conductas en coches aparcados, siempre y cuando también no sean para traficar. La orden ha sido firmada este pasado martes por el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz, citando jurisprudencia del Tribunal Supremo. Eso sí, esta orden considera “una cuestión distinta” al vehículo estacionado cuando está “en tránsito”, y especifica que entonces “podría tratarse de una conducta subsumible en el Código Penal”, como un delito contra la salud pública o contra la seguridad vial. Es decir, que los agentes no pueden denunciar con el vehículo estacionado, pero sí si está circulando.

Considerados así pues ya los vehículos “espacios de privacidad”, el consumo de drogas en coches aparcados ya no puede ser denunciado tal y como sí sucede por comportamientos del mismo tipo en las vías públicas, establecimientos públicos o transportes colectivos, donde se considera sanción grave recogida en el artículo 36.16 por la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza. Este artículo considera sanción grave “el consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares” y hasta ahora se aplicaba también a los vehículos.
El Tribunal Supremo avala la orden del Gobierno
La instrucción llega ahora avalada por la sentencia 1317/1999 emitida por el Tribunal Supremo, donde se explicaba recientemente que los vehículos son objetos “que por su propia naturaleza guardan estrecha relación con el concepto de intimidad y privacidad de sus titulares”. La orden especifica ahora que no debe entenderse que los vehículos tengan las mismas características de inviolabilidad que el domicilio, y que no es necesaria una orden judicial para su registro, pero sí que son un “espacio privado, protegido por un cierto grado de intimidad”.
Fuentes del Ministerio del Interior subrayan hoy al diario El País que esta instrucción “afecta solo al caso de los vehículos particulares estacionados”, ya que se han tenido en cuenta “sentencias emitidas recientemente por la jurisdicción de lo contencioso-administrativo”.

Los cuerpos de seguridad piden que se retire esta instrucción de inmediato
La instrucción, sin embargo, no ha sentado nada bien entre los cuerpos de seguridad del estado. Los sindicatos policiales mayoritarios, como son SUP y Jupol, y las asociaciones de la Guardia Civil con más representación, como son AUGC y Jucil, han criticado duramente la orden, exigiendo inmediatamente que se modifique o se retire con urgencia. Los representantes de los agentes consideran que “debilitará la acción policial, normaliza el consumo de drogas y pone en peligro vidas en la carretera, entre otras consecuencias”.
“Es un auténtico disparate que facilita el consumo antes de conducir y lanza además un mensaje de impunidad a quienes actúan al margen de la ley”, ha asegurado el portavoz de SUV, Nadia Pajarón. “Según esta norma, cualquier persona puede consumir sustancias estupefacientes dentro de un vehículo estacionado y, acto seguido, reanudar la marcha bajo sus efectos, quedando fuera del alcance de la actuación policial hasta que sea demasiado tarde”, añaden desde el sindicato.
Por su parte, las asociaciones mayoritarias de la Guardia Civil también han mostrado su malestar y rechazo a la instrucción. Desde AUGC confirman que esta instrucción supone un “preocupante vacío legal que deja sin cobertura jurídica a los agentes”, mientras que desde Jucil consideran que “se aleja del principio de prevención y protección que debe regir la actuación policial”.