Cambios en los exámenes de conducir en 2021: todo lo que debes conocer

El nuevo Reglamento General de Conductores publicado hace unos días en el BOE introduce cambios en los exámenes para la obtención del carné de conducir. Aquí tienes todas las claves.

Más de la mitad de los alumnos suspende el examen teórico de conducir en el primer intento.
Más de la mitad de los alumnos suspende el examen teórico de conducir en el primer intento.

Con fecha de 11 de noviembre de este año, se hacía efectiva la publicación en el BOE el nuevo Real Decreto 971/2020 que modifica el Reglamento General de Conductores, introduciendo numerosos cambios respecto al anterior reglamento vigente –el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo-.

En el nuevo Reglamento General de Conductores ya vigente, se introducen numerosos cambios que afectan a los distintos permisos de conducción y a los diferentes métodos de obtención (exámenes y pruebas) de los correspondientes carnés.

De esta forma, si en lo que resta de año 2020 y a lo largo de 2021 tienes pensado sacarte el carné de conducir, debes conocer las modificaciones ya vigentes sobre los exámenes.

Nuevos exámenes de conducir en 2021: los cambios clave

En lo que respecta a las pruebas o exámenes teóricos, el nuevo Real Decreto 971/2020 incorpora las siguientes novedades. En el caso de la duración del examen o prueba, se contempla una ampliación del tiempo total para realización del mismo por la introducción de una serie de vídeos correspondientes a algunas de las preguntas teóricas.

  • El tiempo de duración de la prueba teórica: tal y como especifica el nuevo Real Decreto 971/2020 que modifica el Reglamento General de Conductores, en su artículo 47, el tiempo por pregunta será de 1 minuto, que se podrá ampliar de forma proporcional al tiempo de duración específico de cada uno de los vídeos. El alumno o el aspirante podrá solicitar una pequeña ampliación del tiempo total de la realización del examen si lo justifica debidamente.
  • Calificación de la pruebas: en la publicación del BOE del Real Decreto 971/2020, se especifica lo siguiente para la calificación positiva (o APROBADO) de la prueba teórica: “para ser declarado apto en las pruebas de control de conocimientos, los errores cometidos no serán superiores al 10 por 100 del total de preguntas formuladas. En el supuesto de que al aplicar dicho tanto por ciento el resultado fuera decimal se aplicará el entero inmediato superior». En la situación real, el número de fallos en el examen teórico para sacarse el carné de tipo B no podrá superar los 3 errores para una prueba total de 30 preguntas, mientras que en el caso de los permisos de tipo C y D, se aprobará si se cometen 2 o menos fallos (con 3 fallos se suspende).
  • Plazo entre exámenes en el caso de suspender más de dos veces: el plazo de convocatorias si se suspende la prueba teórica más de dos veces será de un “mínimo de 10 días” entre la convocatoria segunda y tercera. En sucesivas ocasiones, a partir del tercer intento en adelante (cuarta, quinta, sexta convocatoria…), el plazo mínimo será de 15 días
  • Equipos de protección específicos para el carné de moto: el nuevo Real Decreto modifica la letra C) «Pruebas de control de aptitudes y comportamientos en circuito cerrado y en circulación en vías abiertas al tráfico en general», indica que los aspirantes a los permisos de conducir AM, A1 y A2 deberán llevar el siguiente equipamiento homologado para la realización de las pruebas: “casco homologado; guantes; chaqueta y pantalones concebidos y fabricados para usarlos para montar en motocicleta, provistos de las correspondientes protecciones, al menos en espalda, hombros y codos para las chaquetas y rodillas en el caso de los pantalones; así como botas de cuero o material sintético similar que proteja suficientemente el tobillo. Podrá verificar también que el aspirante lleva las correcciones, prótesis o adaptaciones que correspondan, en caso de que fueran necesarias, y que estas son adecuadas.”

 

 

 

 

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Los cambios en el Reglamento de conductores se centran en los accesos a los carnés

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