El Ayuntamiento de Madrid, condenado por multar irregularmente a través de radares móviles

Hasta cuatro tribunales distintos han condenado al Ayuntamiento de Madrid a anular multas impuestas por radares móviles al demostrar que incumplen reiteradamente el procedimiento sancionador. Miles de sanciones podrían así recurrirse al ser ilegales.

El Ayuntamiento de Madrid, condenado por multar irregularmente a través de radares móviles
El Ayuntamiento de Madrid, condenado por multar irregularmente a través de radares móviles

Toma buena nota, porque no han sido ya ni uno, ni dos. Nada menos que cuatro tribunales distintos han emitido en las últimas semanas sentencias en contra del Ayuntamiento de Madrid ante recursos planteados por la entidad de defensa de los conductores Dvuelta al considerar que incumple la normativa concerniente al uso y aplicación de los radares móviles en España.

En concreto, han sido ya los Juzgados de lo Contencioso Administrativo Nº 6, Nº 27, Nº 16 y Nº21 de Madrid los que han emitido ya estos dictámenes en contra del Ayuntamiento de la capital por un mismo motivo que Dvuelta lleva años denunciando: errores continuados en las pruebas adjuntadas para justificar multas impuestas por exceso de velocidad por radares móviles.

La anulación de estas primeras multas ha terminado también por evitar la pérdida de puntos del carnet de conducir de los infractores, condenando al mismo tiempo al Ayuntamiento de Madrid a pagar las costas judiciales. Pero, ¿cuál es exactamente el error en el que incurren continuamente las autoridades municipales de la capital?

Los radares no acreditan la presencia de un operador, ni las multas emiten las dos fotos obligatorias

Los cuatro diferentes tribunales de Madrid coinciden en sus sentencias al considerar que el Ayuntamiento, en estas sanciones de exceso de velocidad, “no acredita la obligada presencia de un operador de radar, preceptivo cuando se trata de un radar móvil o estático, es decir, de todos excepto de los denominados radares fijos, que son los que se sitúan dentro de una cabina en pórticos o en postes junto a la carretera”, asegura Dvuelta.

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El Ayuntamiento de Madrid, condenado por multar irregularmente con sus radares móviles.

Desde el departamento jurídico de la asociación nos explican que la ley obliga ya en España a acreditar en sus expedientes la presencia de operadores autorizados para el manejo de este tipo de radares móviles, siempre y cuando en las denuncias no se incluya la toma de dos imágenes diferentes en momentos consecutivos que son obligatorias para el procedimiento sancionador de estos cinemómetros. Y, obviamente, estas dos fotografías tampoco se incluyen en las denuncias a los infractores.

Es exactamente la Orden ITC/155/2020, de 7 febrero, de control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida, la que confirma en su texto que a los radares “que funcionen sin la presencia continua de un operador que vigile su funcionamiento y que no sean capaces de detectar, seguir e identificar inequívocamente el objetivo durante todo el proceso de medición, se les exigirá al menos dos fotogramas del vehículo infractor tomadas en diferentes instantes: uno de ellos mostrará una visión panorámica del vehículo y el otro, su placa de identificación".

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La DGT también ha sido condenada por cometer los mismos errores en los procedimientos sancionadores por radares móviles que el Ayuntamiento de Madrid.

La DGT, también condenada a anular multas por el mismo error continuado

A pesar de que el Ayuntamiento de Madrid es la administración de momento más condenada por este motivo, no es la única. De hecho, la DGT también ha recibido en las últimas semanas hasta tres sentencias firmes en su contra por este mismo motivo, dictaminadas por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo Nº2 de Badajoz, Nº10 de Madrid y Nº6 de Las Palmas.

Dvuelta denuncia ahora que este procedimiento irregular en la imposición de multas por radares móviles es “habitual y común” en España, repitiéndose a lo largo del tiempo. Todas estas sentencias “coinciden en sus fundamentos de Derecho en este mismo hecho irregular”, dando la razón a su entidad en todos los recursos. Así, desde la asociación animan a recurrir este tipo de sanciones, confirmando que “millones de multas por exceso de velocidad incurren en esta irregularidad” en toda España y pueden ser anuladas.

 

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