Dieselgate: el Grupo VW, condenado en España a devolver el dinero íntegro de un coche

En una sentencia pionera en España y en Europa, el comprador de un vehículo afectado por el Dieselgate recibirá el importe íntegro que pagó por el coche más los intereses legales.

Sonia Recio. Twitter: @autopista_es

Dieselgate: el Grupo VW, condenado en España a devolver el dinero íntegro de un coche
Dieselgate: el Grupo VW, condenado en España a devolver el dinero íntegro de un coche

En diciembre de 2012, un vecino de Manacor adquirió un Skoda Yeti en un concesionario oficial. El vehículo se publicitaba como “greenline” y entre sus virtudes estaba el ser el acabado más ecológico de la gama. Según el jefe de taller del concesionario, fue un modelo que se vendió poco y estaba dotado de unas llantas y cubiertas orientadas al bajo consumo.

Según el comprador, la elección de ese modelo concreto del Skoda Yeti se debió a su interés por preservar el medio ambiente, eligiéndolo frente a  otras opciones de distintas marcas. Cuando tiempo después se destapó el escándalo de Dieselgate del Grupo Volkswagen y ese vehículo apareció como uno de los afectados, el propietario del Yeti decidió emprender acciones legales contra el fabricante al considerar que había sido engañado.

Sentencia pionera

La historia difiere poco de otras narradas por propietarios de coches cuyos datos de emisiones habían sido trucados, pero lo llamativo es como ha terminado. El titular del Juzgado de Primera Instancia Nº4 de Manacor, Tomás Sánchez Puente, ha dictado la primera sentencia que declara la nulidad de un vehículo afectado por el Dieselgate y ha condenado a pagar al Grupo Volkswagen 19.378,11 euros, un montante que equivale al precio del coche en el momento de la compra más los intereses legales. Esta sentencia es, además, pionera en España y Europa.

Hasta ahora, los tribunales españoles habían reconocido una indemnización a los afectados por el Dieselgate de 500 euros y el 10% del valor del vehículo. El juez que ha dictado la sentencia en Manacor justifica la nueva sentencia porque el comprador fue engañado “la falta de adecuación del vehículo a las condiciones de respeto al medio ambiente singularmente se tuvo en cuenta en la adquisición del vehículo determinó una objetiva insatisfacción del comprador, y con ello la aplicación de la doctrina “entrega de cosa diversa a la pactada por las partes”.  La sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia de Palma. 

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