Los autónomos dependientes ya pueden registrar los contratos con sus clientes

Esta figura entrará en vigor en el transporte en abril de 2009

Redaccion Transporte Mundial

Curso de Gestión Financiera en Empresas de Transporte
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Esta figura entrará en vigor en el transporte en abril de 2009


Los autónomos dependientes ya puede inscribir los contratos suscritos con sus clientes en el registro correspondiente. Se considera autónomo dependiente aquel que obtiene al menos un 75 por ciento de sus ingresos de un mismo cliente. La figura del autónomo dependiente tendrá una moratoria de aplicación de dieciocho meses en el transporte por carretera, periodo que finalizará el 12 de abril de 2009, lo que no impide que los contratos suscritos con los clientes puedan ya ser registrados.