La DGT pone reglas a los megacamiones

Elaborado el proyecto de autorizaciones especiales La Dirección General de Tráfico, DGT, ha elaborado el Proyecto de Instrucción Técnica para la expedición de Autorizaciones Especiales para la circulación de vehículos de transporte en configuración euromodular o megacamión. Para poder circular por territorio español, el transportista deberá solicitar y obtener una Autorización Especial de Circulación, denominada Autorización EMS (European Modular System), cuyos requisitos principales son los siguientes.

Redaccion Transporte Mundial

Fomento prepara la introducción de los Euro-Combi
Fomento prepara la introducción de los Euro-Combi

Elaborado el proyecto de autorizaciones especiales

La Dirección General de Tráfico, DGT, ha elaborado el Proyecto de Instrucción Técnica para la expedición de Autorizaciones Especiales para la circulación de vehículos de transporte en configuración euromodular o megacamión.

Para poder circular por territorio español, el transportista deberá solicitar y obtener una Autorización Especial de Circulación, denominada Autorización EMS (European Modular System), cuyos requisitos principales son los siguientes.

Seguridad: suspensión neumática, espejos o detectores para ángulo muerto, sistema de advertencia de abandono de carril, de asistencia a la frenada de emergencia, de control de estabilidad y sistema autónomo de frenado de emergencia o de alerta de colisión.

Señalización: dos rotativos luminosos, señal identificativa de vehículo largo y de señalización reflectante de su contorno.

Velocidad: velocidad máxima de 80 km/h en todo tipo de vías.

Adelantamiento:  En carreteras convencionales de un solo carril por sentido, no podrán adelantar a vehículos que circulen a más de 45 km/h.

Comunicación de los viajes: se deberá comunicar por correo electrónico a la DGT al menos  7 días antes cada uno de los viajes, indicando hora y fecha inicial y final, recorrido y longitud del mismo.

Masas autorizadas: Cada uno de los vehículos que conforman el conjunto no podrán superar individualmente los valores límites de masas y dimensiones establecidos para el resto de vehículos de transporte en el Reglamento General de Circulación.