Desde el 1 de octubre están prohibidas las cláusulas de localización para los concesionarios

Los distribuidores de vehículos pueden abrir instalaciones en cualquier país de la UE

Redaccion Transporte Mundial

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Los distribuidores de vehículos pueden abrir instalaciones en cualquier país de la UE


Desde el pasado 1 de octubre los distribuidores de vehículos pueden abrir puntos de venta y entrega en cualquier país de la Unión Europea, toda vez que las cláusulas de localización han quedado prohibidas. El Reglamento de Distribución de Vehículos, que entró en vigor en octubre de 2002, contemplaba que tres años después quedarían abolidas las cláusulas de localización en toda la Unión Europea. Esta medida va a permitir que los concesionarios comunitarios puedan abrir oficinas de venta y entrega de vehículos en cualquier país de la UE.