CAP: primera acreditación de Formación Continua

Para todos los conductores profesionales

Redaccion Transporte Mundial

CAP: primera acreditación de Formación Continua
CAP: primera acreditación de Formación Continua

Para todos los conductores profesionales

Cabe recordar que la normativa que regula la Formación Inicial y la Formación Continua en el transporte (RD 1032/2007) señala que los conductores con permisos de categorías C1, C1 E, C y C E cuyos números de carné acaben en 1 ó 2 deben obtener para antes del 10 de septiembre del año que viene, la acreditación de haber superado el curso de Formación Contínua.

Esta será la primera acreditación de la Formación Continua que se exige desde que entrara en vigor esta normativa, ya que corresponde a los profesionales que hace cinco años tuvieron que acreditar la obtención del los primeros cursos de formación inicial que marcaba el CAP.

Hasta el año 2016 están marcadas  las distintas fechas límite en las que se debe tener la acreditación de haber superado un curso de Formación Continua de 35 horas en alguno de los centros homologados por las Consejerías de Transporte de las Comunidades Autónomas. Las fechas establecidas por el Real decreto son las siguientes

·  Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 1 ó 2, antes del 10 de septiembre del 2012.

· Titulares cuyo número termine en 3 ó 4, antes del 10 de septiembre del 2013.

· Titulares cuyo número termine en 5 ó 6, antes del 10 de septiembre del 2014.

· Titulares cuyo número termine en 7 u 8, antes del 10 de septiembre del 2015.

· Titulares cuyo número termine en 9 ó 0, antes del 10 de septiembre del 2016.