Los radares ya diferencian el tipo de vehículo a multar

Los radares de la DGT, tanto los fijos como los móviles, ya son capaces de diferenciar los tipos de vehículos. Lo hacen desde el pasado domingo y, según anunció hace unas semanas la directora general de Tráfico, María Seguí, con ello se podrá aplicar a cada tipo de vehículo los límites de velocidad que le corresponde.

Autopista.es. Twitter @Autopista_es

Los radares ya diferencian el tipo de vehículo a multar
Los radares ya diferencian el tipo de vehículo a multar

El problema, hasta ahora, era que, al tener las motocicletas y los turismos límites de velocidad superiores a los del resto de vehículos, ‘aunque luego se les aplicara la metodología para sancionarlos por la velocidad debida, el radar sólo saltaba cuando excedía los límites de turismos y motocicletas’.

Se trata de una de las iniciativas de ‘gestión de la velocidad’ que la DGT ha anunciado que llevará a cabo, entre las que también se incluye la visibilidad de los radares móviles y la publicación de su ubicación en la web del organismo. Sin embargo, esta información tardará aún dos meses en estar disponible.

Otra de las medidas en este sentido es la unificación del umbral de tolerancia que aplicarán los radares a la hora de sancionar a los conductores detectados con exceso de velocidad, al que se ha denominado ‘Tolerancia 7’. Con ella, todos los controles, a excepción de los que se ubiquen en Cataluña y País Vasco, multarán a todo vehículo que supere el límite de velocidad en siete kilómetros por hora, siempre que éste sea inferior a 100 kilómetros por hora. En el caso de límites por encima de los 100 kilómetros por hora, se multará cuando se supere el mismo en un siete por ciento.

A efectos prácticos, con límites de 100 kilómetros por hora, se multará a partir de los 109 kilómetros por hora; cuando el límite sea de 110 la sanción será a partir de 120; y cuando sea de 120 se multará desde 131 kilómetros por hora.