Los radares de tramo de la DGT también cometen errores

Se revoca una sanción de 100€ impuesta a un conductor porque la fotografía obtenida por un “radar de tramo" no era concluyente para identificarle.

Sylvia Longás. Twitter: @SylviaLongas

Los radares de tramo de la DGT también cometen errores
Los radares de tramo de la DGT también cometen errores

Lo radares no son infalibles, pero hay que estar al quite para que no nos den gato por liebre y tengamos que pagar una multa que no nos corresponde. Según los datos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), desde que entró en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, en mayo de 2010, la DGT, el Servicio de Tránsito, el Gobierno Vasco y más de una decena de ayuntamientos han impuesto erróneamente cerca de 300.000 multas, en unos casos porque no se aplicaron correctamente los márgenes de error legalmente establecidos, en otros porque no se garantiza el correcto funcionamiento de los radares.

Uno de los más recientes casos se centra en una resolución dictada por la Jefatura provincial de Tráfico de Madrid que ha aceptado revocar una sanción de 100 euros que había impuesto a un conductor, ya que la fotografía obtenida por un “radar de tramo” en el momento de producirse la infracción de exceso de velocidad no constituye prueba concluyente para identificar de forma indudable al vehículo con el que se cometió el exceso de velocidad denunciado.

Radar de tramo: dos coches a la vez

Este caso, que ha sido resuelto favorablemente por AEA, se inició por una denuncia formulada por el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas (CTDA) de la DGT, cuando el “radar de tramo” ubicado en el túnel de Guadarrama de Madrid, entre los puntos kilométricos 57 y 49 de la AP-6, captó un supuesto exceso de velocidad al circular a 120 km/h en una zona limitada a 100 km/h. En las imágenes obtenidas por Tráfico para acreditar la infracción se podía ver con claridad la matrícula del vehículo denunciado, así como la velocidad a la que supuestamente circulaba.

Sin embargo, en una de las fotografías aparecía, además, la sombra de otro vehículo que circulaba en posición paralela, lo que impedía determinar con exactitud cuál de los dos vehículos era el que realmente había cometido la infracción.

Radar de tramo: dudas más que razonables

Con esta imagen en la mano está claro que existían dudas más que razonables de que se estuviera exigiendo el pago de una multa a un inocente. Tráfico ha aceptado los argumentos jurídicos presentados respecto de las imágenes de los coches que aparecían en la foto y ha resuelto revocar la sanción ya que cualquiera de los dos vehículos que aparecen en ella, a la vista de la posición paralela a la que circulaban, pudo accionar el radar.

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