Temporal de nieve y daños en tu coche: qué cubre el seguro y qué no

Si tu coche tiene algún tipo de daño como consecuencia de la nieve de la tormenta Filomena, toma nota si los seguros cubren o no este tipo de desperfectos.

Qué cubre y qué no el seguro de tu coche ante un temporal de nieve como Filomena. Imagen: Cordon Press
Qué cubre y qué no el seguro de tu coche ante un temporal de nieve como Filomena. Imagen: Cordon Press

Continúan los estragos y los graves daños causados por el temporal de nieve y frío Filomena en nuestro país. Las imágenes que han recopilado tanto la DGT como muchos medios de comunicación han ofrecido panoramas dantescos y desoladores, con miles y miles de coches atrapados en la nieve, colisiones o choques entre vehículos, contra las medianas, caída de ramas de los árboles por el peso de la propia nieve… Ahora bien, si tu coche tiene algún tipo de daño provocado por las inclemencias meteorológicas que ha traído consigo la intensa borrasca Filomena, te conviene saber si dichos desperfectos los cubre o no las compañías de seguros.

Tal y como aseguran diversos expertos del peritaje y tramitación de seguros y de los propios responsables de las asociaciones de seguros, lo primero que hay que tener en cuenta para poder reclamar es tener contratado un seguro para tu automóvil. En la mayoría de los casos, las pólizas de los seguros de automóvil no suelen cubrir los daños provocados por inclemencias meteorológicas, salvo que expresamente la compañía en cuestión y el cliente en particular decidan incluir una garantía extra en su póliza por daños meteorológicos, especificando si son causados por nieve, granizo o hielo.

A QUIÉN RECLAMAR UN DAÑO EN EL COCHE POR NIEVE: ¿COMPAÑÍAS DE SEGUROS O CONSORCIO?

Un automóvil que tenga contratada una póliza a terceros no estará cubierto ante ningún fenómeno natural, a excepción que incluya de forma específica una cobertura de daños propios –robo, lunas o incendio– o que haya contratado de forma específica una ampliación de la póliza para incluir este tipo de daños. En el caso de un vehículo asegurado a todo riesgo, además de incluir los daños a terceros, también se incluyen los daños provocados al propio coche y, con ello, el conductor del mismo también está cubierto. Si los daños en el vehículo son provocados por nieve, hielo o granizo, sólo los cubrirá la Compañía Aseguradora si específicamente el conductor tiene contratada una garantía o una ampliación que los especifique.

CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGURO: QUÉ CUBRE Y A QUIÉN

Según la legislación española, desde el 1 de julio de 2016, todos los vehículos asegurados con una póliza de seguro de responsabilidad civil de automóviles (desde un seguro a terceros) en España nuestros a estar cubiertos por el CCS (Consorcio de Compensación de Seguros) por los daños materiales producidos por riesgos extraordinarios, aún cuando carecieran de cobertura de daños propios. Este Consorcio se trata de un organismo estatal que recopila un pequeño porcentaje del dinero recaudado por todas las compañías aseguradoras para cubrir los daños y las situaciones más extremas.

Ahora bien, ¿qué considera riesgo extraordinario el Consorcio de Compensación de Seguros? Aquí en su página web se incluyen las garantías o coberturas, así como las excepciones o casos o tipo de daños que no cubre (que las debería de cubrir la compañía aseguradora si así se especifica en la póliza).

-Fenómenos de la naturaleza: inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caída de cuerpos siderales y aerolitos

-Los daños causados por terremotos, maremotos, erupciones volcánicas y caída de cuerpos siderales y aerolitos se cubren previa certificación expedida por el Instituto Geográfico Nacional y demás Organismos Públicos competentes en la materia. En el caso de la tempestad ciclónica atípica quedan incluidos, entre otros, los tornados y los vientos extraordinarios, caracterizados por la existencia de rachas superiores a los 120 Km/h., de acuerdo con el Reglamento del Seguro de Riesgos Extraordinarios.

-Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.

-Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.

Sin embargo, otra serie de daños no quedan cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros. Te los pasamos a detallar (sólo se cubrirían si el conductor los tienes especificados y contratados previamente en su póliza).

Lo que NO cubre el Consorcio:

  • Lluvia directa sobre el riesgo asegurado o la recogida por su cubierta o azotea, su red de desagüe o sus patios.
  • Vientos no extraordinarios, caracterizados por la inexistencia de ráfagas superiores a 120 km/h.).
  • Granizo.
  • Nieve.
  • Goteras, filtraciones o humedades.
  • Rotura de presas, alcantarillas o canales artificiales (salvo si la rotura se produjo como consecuencia de evento extraordinario).
  • Elevación del nivel freático, movimiento de laderas, deslizamiento o asentamiento de terrenos, desprendimiento de rocas y fenómenos similares, salvo que éstos fueran ocasionados por la acción del agua de lluvia que, a su vez, hubiera provocado en la zona una situación de inundación extraordinaria y se produjeran con carácter simultáneo a dicha inundación.

DAÑOS EN UN COCHE PROVOCADOS POR INUNDACIÓN POR DESHIELO

Ya te hemos indicado anteriormente que los daños en un coche ocasionados directamente por la nieve los debe cubrir la compañía aseguradora si en el contrato de póliza así se especifica. Ahora bien, si el daño sufrido en el vehículo es originado por el deshielo del hielo y de toda la nieve acumulada de una borrasca excepcional como Filomena, en este caso, se produciría una inundación, uno de los tipos de riesgo extraordinario que SÍ cubriría el Consorcio de Compensación de Seguros.

CÓMO RECLAMAR AL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS

Otros siniestros que se pueden producir como la caída de un árbol sobre un coche aparcado o los causados por el desprendimiento de rocas en una zona de riesgo son responsabilidad del Consorcio de Compensación de Seguros.

En el caso de que tengas dudas sobre qué tipo de coberturas tiene tu póliza y en el caso de que tu vehículo sufra algún daño por la casuística antes mencionada (inundación o caída de árboles, por ejemplo), tendrán que contactar con el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).

Hay varias formas de contactar con el CCS: mediante vía telefónica -902 222 665- o bien a través de su propia página web.

 

Archivado en:

Cómo prevenir y arrancar el coche tras la ola de frío y nieve: ¡2 minutos vitales! Fotos: Cordon Press.

Relacionado

Cómo prevenir y arrancar el coche tras la ola de frío y nieve: ¡2 minutos vitales!

Los mejores trucos de la DGT para quitar el hielo del parabrisas: y qué no debes nunca hacer.

Relacionado

Los mejores trucos de la DGT para quitar el hielo del parabrisas: y qué no debes nunca hacer