Estacionar y no apagar el motor tiene un porqué: mantener el aire acondicionado o la calefacción encendida. Castigar por esto mismo al conductor también: reducir la contaminación. Dos conflictos que ya chocan y que puede castigarse con 100 euros de multa… para el conductor, claro.
Así lo sabemos desde hace tiempo. Deberíamos saber que en el Reglamento General de Circulación se especifica que esta acción está castigada cuando se realice dentro de un túnel o durante el estacionamiento. Pero no es lo único de lo que hemos tenido conocimiento. Como ya te contamos en 2018, Madrid ya incluyó está sanción en su última Ordenanza de Movilidad Sostenible.
Antes del último cambio de Gobierno, con Manuela Carmena en el consistorio madrileño, el Ayuntamiento de Madrid aprobó una ordenanza de movilidad que levantó polémica por diversos motivos, entre otros por castigar con 100 euros de multa a quienes no apagaran el motor cuando estacionaban. Tal y como se puede leer en su artículo 46, quedan excluidos de esta norma (aunque se recomienda que apaguen el motor) los vehículos con pegatina Cero emisiones, “Los destinados a la prestación de asistencia socio-sanitaria y los pertenecientes a Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Policía Municipal, Agentes de Movilidad y de Bomberos y Grúa Municipal” y los vehículos de transporte público “exclusivamente entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre”.
Una norma que se podrá aplicar en toda España
Como decimos, de momento sólo tenemos constancia de la aplicación de esta norma en Madrid, pero algunas voces ya apuntan a que la DGT tiene en mente extenderla a todo el ámbito nacional.
La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que de momento se encuentra en fase de borrador, podría contemplar también esta sanción pues en él se lee que el primer apartado del Artículo 10 quedará redactado del siguiente modo: “El usuario de la vía está obligado a comportarse de forma que no entorpezca indebidamente la circulación, ni cause peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes o al medioambiente”.
Esta última redacción, la “provocar molestias innecesarias (…) al medioambiente” es la que muchos han interpretado como una futura base para aplicar la multa de 100 euros por no apagar el motor durante un estacionamiento. Habrá que ver, finalmente, la postura que toma la DGT.