Cuando estamos conduciendo, debemos estar en todo momento en perfectas condiciones y atentos a la carretera, sin que nada obstruya nuestra capacidad de movimientos al volante. Así lo estipula el Reglamento General de Circulación en su artículo 18.1: “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”.
Esta norma tiene ciertas interpretaciones que, de no cumplirla, podrían convertirse en objeto de multa. Aunque no haya ninguna norma explícita que diga que te pueden multar por llevar (o dejar de llevar) una prenda de ropa concreta, sí que hay que tener en cuenta que los agentes de Tráfico tienen potestad de interpretar que dicha prenda puede ser perjudicial a la hora de conducir.
Nos referimos a prendas como chanclas, tacones, botas… y, en especial, a los abrigos, una acción muy habitual entre los conductores. Pero hay más prendas que, de llevarlas mientras conducimos, pueden ser objeto de multa.

Multas por conducir con abrigo, con chanclas, tacones...
En esta época de año en el que parece que, por fin, dejamos atrás el frío invernal y nos aventuramos hacia un nuevo verano, se pueden producir muchas de estas situaciones que pasamos a comentaros en detalle. Ojo, porque de considerar los agentes que dicha prenda supone un riesgo para la conducción, podrías ser objeto de multa de entre 80 y 200 euros:
- Bien por las prisas, por el frío (aún presente en las noches de nuestro país) o porque decimos aquello de “van a ser 5 minutos”, muchas veces nos ponemos al volante del coche sin quitarnos el abrigo. Si este es demasiado voluminoso, aparatoso o largo, se puede interpretar que dejas de tener la libertad de movimientos necesaria para conducir con seguridad, además de correr el riesgo de que el cinturón no se ajuste correctamente a nuestro cuerpo y este pierda eficacia.
- Otra vestimenta inadecuada en el coche, especialmente presente en el verano, la encontramos en las chanclas. Siempre se recomienda conducir con un calzado cómodo: en verano, si vas a la playa, te recomendamos que dejes siempre un juego de este tipo de calzado en el maletero para cuando te toque conducir. Hacerlo con chanclas podría provocar que estas se enreden en los pedales, que no pises con firmeza los pedales… con el consiguiente peligro que supone.
- Los tacones o las botas de montaña son otros tipos de calzado peligrosos a la hora de conducir, bien por los problemas que pueda causar a la hora de pisar los pedales (en el caso de los tacones) o por la pérdida de sensibilidad y tacto a la hora de pisar, por ejemplo, el freno, pudiendo provocar frenazos inesperados o bruscos si conducimos con botas.
- La ausencia de calzado al conducir (es decir, descalzo) también es objeto de multa al entenderse que se pueden causar daños en los pies, estos pueden sudar y provocar resbalones en los pedales y, en consecuencia, podrían provocar un accidente.