La multa que la DGT puede ponerte por una acción que mucha gente realiza a diario en supermercados

Aunque muchos consideran los aparcamientos de supermercados y centros comerciales como áreas privadas, ciertas acciones que suceden en estos espacios pueden suponer multas de hasta 80 €. Te contamos por qué.

La multa que la DGT puede ponerte por una acción que mucha gente realiza a diario en supermercados
La multa que la DGT puede ponerte por una acción que mucha gente realiza a diario en supermercados

Seguro que tú también te lo has preguntado en infinidad de ocasiones: ¿pueden las autoridades multarnos si cometemos alguna infracción en los aparcamientos de supermercados o de cualquier otra superficie comercial? ¿Son áreas privadas o públicas, donde hay que respetar las mismas normas que en cualquier otro lugar de la ciudad? Y seguro que, también, hay acciones que ves o sufres a diario (esperamos que tú nos las realices) que te indignan.

Las prácticas más comunes y que quizá suelen enfadarnos más suelen ser, por ejemplo, las de ocupar dos plazas de aparcamiento, usar espacios reservados a familias sin estar habilitados para ello, emplear párkings de coche eléctricos sin serlo y, generalmente, cualquier otra acción poco ética relacionada con áreas para aparcar, sobre todo teniendo en cuenta que los fines de semana suelen ser espacios muy concurridos y donde no es fácil poder dejar fácilmente el coche.

No dejes el carrito de la compra en cualquier parte

Sin embargo, hay otra acción que es muy habitual en todo tipo de supermercados, y de la que quizá no repares tanto, pero sí supone una clara infracción de tráfico y puede suponer una importante multa de cualquier agente: la de dejar, literalmente, el carrito de la compra “tirado” en cualquier parte.

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Cometer infracciones en aparcamientos de centros comerciales pueden suponer multas también.

No es raro precisamente ver a conductores que, tras vaciar su compra en el maletero del coche, deciden no perder tiempo en devolver estos carros a sus lugares de origen y, por el contrario, deciden dejarlos en cualquier sitio. Pues bien, debes saber ya que si un carrito mal apartado impide la circulación o el estacionamiento de otros vehículos, puede acarrear una multa de hasta 80 euros si lo consideran necesario los agentes.

Y es que, en este sentido, el Código de Circulación es muy claro y ocupar parte de vías públicas o impedir la circulación del resto de vehículos supone una infracción en función a la consideración del hecho que efectúe el agente de la autoridad. En concreto, el reglamento asegura que “se prohíbe arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento”.

También hay multas por aparcar en zonas de minusválidos o circular en sentido contrario

Porque, aunque creas que se trata de una zona privada al tratarse de un supermercado o un centro comercial, sus calles y zonas de circulación se consideran por normativa como vías públicas a efectos de tráfico.

Otras acciones también lamentablemente comunes, como aparcar en zonas de minusválidos sin presentar autorización para ello, o circular por sentido contrario en las calles de los aparcamientos también pueden ser sancionadas y multadas por parte de los agentes. Y reconoce que también son hechos que suelen verse con bastante asiduidad.

 

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