Las multas de aparcamiento con foto ya se pueden recurrir: te contamos cómo

Si te han puesto una multa de aparcamiento con foto en zona SER debes saber que puedes recurrirla. ¿Quieres saber cómo? Te desvelamos todos los detalles.

Mónica Alonso

Las multas de aparcamiento con foto ya se pueden recurrir: te contamos cómo
Las multas de aparcamiento con foto ya se pueden recurrir: te contamos cómo

Los controladores del SER no tienen presunción de veracidad. Esto no es ninguna novedad, puesto que sentencias ganadas por Pyramid Consulting, provocaron que en Madrid se les dotase de dispositivos para captar imágenes. Pero esas imágenes tampoco son prueba suficiente.

De hecho, la Pyramid Consulting ha ganado un nuevo caso con una sentencia estimatoria en relación con una multa del SER. En este caso, se trata de una multa de 90 euros por un estacionamiento cuando se habían activado las restricciones por alta contaminación. Esa denuncia iba acompañada de varias fotografías, pero en éstas no se incluía el lugar exacto de la infracción.

Los controladores del SER no son agentes de la autoridad

Tal y como ya han corroborado varios tribunales, una de las claves radica en que los controladores del SER no son agentes de la autoridad. Por ello, no gozan de presunción de veracidad, es decir, que sus denuncias tienen la misma carga probatoria que la de un particular. Por tanto, deben acompañar cualquier denuncia con las pruebas necesarias para respaldarla.

En el caso mencionado anteriormente, el juez ha determinado que “…el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en su Sentencia de 7 de septiembre de 2000, donde se indica que es exigible que la infracción de tráfico denunciada venga corroborada con otros medios de prueba distintos de la simple ratificación de la denuncia formulada por el agente del SER que la promovió".

Multas de aparcamiento con foto: la presunción de inocencia

A pesar de que la denuncia llevaba fotos, se ha estimado parcialmente el recurso porque, tal y como indica la sentencia, no es suficiente:* “(…) Ahora bien, en la referida fotografía sólo consta sobreimpresionado en el lateral superior izquierdo de la imagen una fecha y hora, pero no se identifica el lugar donde se captó"*.

“Por el contrario", continúa la sentencia, “en otras ocasiones, en este tipo de procedimientos sancionadores la fotografía realizada por el controlador SER incorpora la identificación del lugar (no sólo del día y de la hora), sino también de la calle, lo que no consta en el presente supuesto".

Multas del SER: todos los detalles

Las multas del SER pueden deberse a tres razones principales: no poner el ticket de estacionamiento, superar el tiempo máximo permitido o ponerlo de forma inadecuada. En cualquier caso, estas denuncias deberán in acompañadas de las pruebas correspondientes.

Pero esas imágenes no tendrían validez como pruebas por sí mismas, tal y como está dispuesto en el art.83.2 Ley Sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial:

  1. No se puede imponer sanción alguna por infracciones tipificadas en esta ley sino en virtud de procedimiento instruido con arreglo a lo dispuesto en este capítulo y, supletoriamente, en la normativa de procedimiento administrativo común.

  2. Los instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida que sean utilizados para la formulación de denuncias por infracciones a la normativa de tráfico, seguridad vial y circulación de vehículos a motor, estarán sometidos a control metrológico en los términos establecidos por la normativa de metrología.

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