El seguro no se hace cargo de mi coche: ¿qué hacer? ¿Quién me cubre y qué daños?

Si el seguro no paga la avería de tu coche, todavía puedes recurrir. No abandones, porque te pueden cubrir los daños.

El seguro no se hace cargo de mi coche: ¿qué hacer? ¿Quién me cubre y qué daños?
El seguro no se hace cargo de mi coche: ¿qué hacer? ¿Quién me cubre y qué daños?

Una riada, una tormenta excepcional, una manifestación… y tu seguro a terceros. No te preocupes y no des el coche por perdido, porque todavía puedes recibir una compensación. Y es que, todos los seguros pagan un fondo común que se hace cargo de este tipo de contingencias, algo así como un seguro de los seguros.

El Consorcio de Compensación de Seguros está pensado para que en situaciones excepcionales se haga cargo de las indemnizaciones que los seguros no tienen la obligación de pagar. Si te fijas bien en tu recibo seguro que ves una pequeña cantidad destinada a dicho Consorcio, con el que se financia el mismo.

Nacido a partir del Consorcio de Compensación de Riesgos de Motín en 1941, tal y como nos cuenta El País, el Consorcio de Compensación de Seguros depende del Ministerio de Economía y Empresa y entra en funcionamiento cuando se dan circunstancias muy concretas que deben estar avaladas por un organismo o institución que confirme que se ha producido dicha situación excepcional.

De esta manera, el Consorcio de Compensación de Seguros se hace responsable del pago de las indemnizaciones por los daños ocasionados por: Un terremoto o maremoto.

  • Erupción volcánica.
  • Tempestad ciclónica atípica, tornados o vientos extraordinarios.
  • Caída de cuerpos siderales o meteoritos.
  • Actos de terrorismo, rebelión, sedición, motín o tumulto popular.
  • Actuaciones de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del estado en tiempos de paz.
  • Daños causados sobre el nuestro por un vehículo sin seguro
  • Daños causados sobre el nuestro por un vehículo robado

Para poder reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros se puede hacer por teléfono, Internet o carta. Una vez que presentemos la declaración de daños, el organismo actúa como cualquier otra póliza de seguros. Nos pedirá que demostremos las circunstancias extraordinarias sufridas y tienen sus propios peritos para evaluar los daños o si nuestra declaración se ajusta a la realidad, así como si están obligados a pagarnos la indemnización.

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