La DGT inició días atrás una campaña especial de vigilancia de un tipo específico de vehículos, concretamente los vehículos abandonados. A través de una nueva instrucción normativa, concretamente VEH 2022/26, que modifica la Ley de Tráfico, se agiliza el proceso de retirada de dichos automóviles.
En esta nueva instrucción se explica cómo se debe gestionar la destrucción y descontaminación de los vehículos abandonados en recintos privados, en aparcamientos públicos y en las carreteras.
Según los cálculos que maneja la propia DGT, se estima que en la actualidad hay alrededor de unos 20.000 vehículos abandonados en aparcamientos de centros comerciales, aparcamientos de hoteles, garajes privados, comunidades de propietarios, etc. Por otro lado, las estadísticas oficiales indican que unos 50.000 vehículos son abandonados anualmente en las vías cuales, de los cuales, unos 6.000, se encuentran en lugares muy concretos como los talleres, depósitos y aparcamientos públicos.
La nueva instrucción normativa con la que se pretende agilizar todo el proceso de retirada de un vehículo abandona es una nueva vuelta de tuerca al artículo 106 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La principal novedad en esta normativa es la inclusión del abandono de un vehículo en recintos privados, algo que anteriormente no estaba contemplado a nivel legislativo.
Con esta nueva instrucción, el proceso de retirada de un vehículo abandonado a un centro autorizado de tratamiento de vehículos para su posterior destrucción y descontaminación (un desguace) se agilizará y será más rápido, según aseguran fuentes de Tráfico, aunque previamente la DGT tendrá que intentar de contactar con el propietario del vehículo (según la base de datos disponible) y avisarle de lo siguiente: si en un mes no retira su automóvil, éste se llevará directamente a un desguace.
Por otro lado, si el vehículo abandonado aún está en condiciones técnicas para poder utilizarse, será adjudicado a los servicios de vigilancia del tráfico, con previa autorización del jefe la jefatura provincial de la DGT en cuestión.
En el caso de que el vehículo haya sido abandonado dentro de un garaje de una comunidad de vecinos, la propia comunidad de propietarios tendrá que aportar fotografías que lo demuestren y otra serie de trámites burocráticas. Al respecto, la subdirectora de Vehículos de la DGT, Susana Gómez, ha afirmado lo siguiente: “se trata de que los propietarios no soporten las cargas de la ocupación de su espacio privado en sus instalaciones por parte de cualquier ciudadano que abandona su vehículo”.
Multas desde 751 hasta… los 30.000 euros
Según la asesoría jurídica del RACE que cita la normativa actual, abandonar un vehículo en la vía pública está considerado una falta grave y sus multas van desde los 751 euros hasta los 1.500 euros; con posibilidad de añadir multas coercitivas hasta un máximo de 3.000 euros.
Por último y en el nivel más extremo, en el caso de que intervenga la Consejería de Medio Ambiente del ayuntamiento del término municipal donde se haya abandonado el automóvil por considerar que dicho abandono ha podido causas algún tipo de daño para el medio ambiente/entorno natural o para la salud de las personas, la multas puede incrementarse hasta los 30.000 euros.