No será por desconocimiento de la norma o porque la DGT no ha avisado en reiteradas ocasiones sobre ello. El indebido uso del carril izquierdo conlleva sanción. Además de reducir la fluidez del tráfico, aumentar los atascos y el riesgo de accidente, limitando los carriles disponibles para circular.
La DGT se pone seria con circular por el carril izquierdo
— SocialDrive (@SocialDrive_es) August 29, 2021
Comienzan las multas de 80€#FelizDomingo pic.twitter.com/A3XOqS5k5g
Y aunque apenas se ha visto hasta ahora, desde SocialDrive demuestran que la DGT ya está multando por este respecto. Tal y como muestran con una foto en redes sociales, un conductor ha sido sancionado por “circular fuera de poblado por un carril distinto del situado más a la derecha, en calzada con más de un carril para el mismo sentido de la marcha, sin existir circunstancias del tráfico o de la vía que así lo aconsejen”. Recuerda que con su aplicación para iOS y Android puedes estar al día de esta y otras multas.
Este comportamiento le ha supuesto al conductor una multa de 80 euros, en referencia al artículo 16 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, donde se especifica que se “debe circular normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga".
⬆️⬆️⬆️ El carril izquierdo no es el de los que tienen prisa, tienen un coche más potente o les gusta correr más🏎️🏁.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) February 15, 2021
Es SOLO para adelantar. Y la #velocidad límite es LA MISMA que la de los demás carriles.
☑️Usarlo bien evita accidentes y mejora la circulación👍 pic.twitter.com/vR5L23MHAf
Hay que tener en cuenta, eso sí, que la sanción por no utilizar el carril derecho puede conllevar una multa de hasta 200 euros, pues en artículo 76 de la misma Ley de Tráfico y Seguridad Vial se especifica en su apartado C que “incumplir las disposiciones de esta ley en materia de preferencia de paso, adelantamientos, cambios de dirección o sentido y marcha atrás, sentido de la circulación, utilización de carriles y arcenes y, en general, toda vulneración de las ordenaciones especiales de tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación”.