En la Comunidad de Madrid, en la provincia de Barcelona, en Castilla y León, Asturias, Galicia, País Vasco, Andalucía… en todas y cada una de las comunidades autónomas de España. Los pueblos de menos de 10.001 habitantes y con una densidad inferior a 100 habitantes por km2 relajan desde esta semana su confinamiento. Independientemente de la fase en la que se encuentren, muchas de las medidas a las que pueden acogerse alivian las restricciones equiparándose a las zonas que ya se encuentran en fase 2.
Así lo anunció hace unos días el propio ministro de Sanidad, Salvador Illa, y así lo recoge desde este pasado fin de semana el Boletín Oficial del Estado (BOE) a través de una nueva orden ministerial. Pero, ¿en qué consisten estas nuevas medidas de relajamiento?
La nueva norma afectará al 90 por ciento de los 8.131 municipios oficiales que hay en España, aunque en población representan el 20,1 por ciento del total de habitantes en España. Según datos del Instituto Nacional de Estadística, más de 9 millones de personas aliviarán así sus restricciones, siempre y cuando estén empadronados en estos municipios y hayan pasado los últimos 14 días en ese lugar.
🏠Pueblos con menos de 10.001 habitantes y una densidad inferior a 100 habitantes por km2 que estén en fase 0 y 1 podrán acogerse a algunas medidas previstas para la #fase2.
— Ministerio de Sanidad (@sanidadgob) May 22, 2020
❌Franjas horarias
🥬 Reapertura mercados al aire libre
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Sin franjas horarias
El BOE recoge también que estas medidas que afectan a estas localidades estarán vigentes mientras dure el estado de alarma y, como quizá primera regulación más importante, permite ya que todos estos municipios de menos de 10.001 habitantes eliminen las flanjas horarias tanto para paseos como para hacer deporte, pudiendo además salir varios adultos con los niños.
Estos paseos que se pueden realizar ya durante todo el día, pueden practicarse en el término municipal en cuestión y a una distancia máxima de 5 kilómetros, incluyendo también municipios adyacentes “siempre que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de esta orden y pertenezcan a la misma unidad territorial de referencia".
En estos municipios, además, se pueden abrir ya también bares y restaurantes incluso para comer en su interior, aunque con limitaciones de aforo. Para las terrazas será de hasta el 50%, mientras que en el interior se rebajará al 40% del total como máximo y siempre, preferiblemente, bajo reserva. Discotecas y bares de ocio nocturno no entran en estas medidas.
Otra medida que también afecta a estas poblaciones de menos de 10.001 habitantes es que se vuelven a autorizar ya en todas ellas los mercadillos al aire libre, siempre con preferencia a productos alimentarios y de primera necesidad. Las propias autoridades locales serán las que establezcan ya los requisitos de distanciamiento entre los distintos puestos para garantizar la salud y seguridad de todos los asistentes.
Por último, el Gobierno recuerda que a todas estas medidas de relajamiento podrán sumarse todos los habitantes de estas localidades siempre que no presenten síntomas compatibles con la enfermedad del COVID-19, en cuyo caso deberán permanecer en cuarentena. Además, el BOE especifica también que los ayuntamientos y las comunidades autónomas podrán solicitar siempre al Ministerio de Sanidad la suspensión de esta nueva normativa “cuando se considere que existe una situación de riesgo para la población o cuando el número de casos de COVID-19 hubiera crecido de forma sostenida durante las dos semanas anteriores a la solicitud".