Es muy posible que recuerdes la noticia. La publicamos hace ahora justo un año, cuando la Guardia Civil informaba que estaba investigando a una pareja por un delito de conducción temeraria contra la seguridad vial. Según mostraba el cuerpo de seguridad, usuarios difundían entonces en redes sociales un vídeo grabado en la autopista de peaje AP-6, en la que se observaba a una pareja manteniendo relaciones sexuales al volante y mientras conducían.
Pues bien, ha tardado un año pero la sentencia, tras identificar a la pareja, acaba de llegar. El Juzgado de lo Penal Número 1 de Segovia ha condenado a seis meses de cárcel al conductor de ese vehículo y a su pareja. Ambos se habían declarado culpables durante el juicio y aceptaban la imposición de la pena que reclamaba el fiscal por delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción temeraria.
Así lo ha confirmado el propio Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) que, gracias a material audiovisual como el vídeo original grabado por otro usuario de la vía, ha podido demostrar, como confirma la propia sentencia, que el hombre acusado conducía el vehículo por la autopista AP-6, a la altura del kilómetro 80 y en el término municipal de Villacastín, cuando “su pareja se sentó encima", “abrazándole, con las piernas abiertas, colocándose ambos sobre el asiento del conductor, al tiempo que la acusada realizaba movimientos sexuales".
Gracias a vuestra ayuda Guardia Civil #Tráfico #Segovia investiga a dos personas por un presunto delito contra la seguridad vial tras recibir un vídeo que circulaba por RRSS#CONSEJO...para conducir con seguridad hay que estar "muy frío"🤣🤣🤣 pic.twitter.com/Hq7Ec4Rau7
— Guardia Civil 🇪🇸 (@guardiacivil) October 23, 2018
La sentencia también confirma que, mientras practicaban las relaciones sexuales, “el vehículo circulaba por el carril izquierdo de la autopista, adelantando a varios vehículos pese a que el acusado y conductor no prestaba atención alguna a la conducción". “Su conducción era zigzagueante", asegura el escrito final, ya que incluso llegó a invadir el carril contrario.
La sentencia del tribunal también prohíbe a la pareja conducir un vehículo a motor o ciclomotor durante 2 años. Eso sí, el juez, a petición del fiscal y del abogado de los acusados, finalmente acoró la suspensión de la pena de prisión durante 2 años prevista inicialmente, con la condición de que no vuelvan a delinquir en todo este período de tiempo.