Así son las restricciones al transporte y los cortes de carretera por el estado de alarma

Las medidas tomadas por el Gobierno establecen restricciones al transporte y en el transporte por carretera, consecuencia de la aplicación del estado de alarma.

Así son las restricciones al transporte y los cortes de carretera por el estado de alarma
Así son las restricciones al transporte y los cortes de carretera por el estado de alarma

Las consecuencias de aplicar el estado de alarma siguen siendo desconocidas para la inmensa mayoría de ciudadanos. En nuestro caso, trataremos lo relacionado con el transporte y la circulación por carretera. ¿Cómo afectan las restricciones a estos casos concretos?

En primer lugar, hay que recordar que tal y como puedes leer en el Real Decreto publicado en el BOE el pasado 14 de marzo, la circulación de personas queda restringida a varios casos concretos, entre los que encontramos ir a la compra, al trabajo o volver a la residencia habitual.

Sin embargo, quienes necesiten viajar deben saber que existen ciertas restricciones a la hora del transporte por carretera:

  • Transporte de mercancías: Se han eliminado las restricciones en materia de descanso y tiempo máximo de circulación para garantizar el abastecimiento de los comercios. Además, se garantiza la llegada de estos transportes y se tomarán las medidas como “cordones sanitarios" de ser necesarios.

  • Transporte de personas: El transporte privado de personas ha quedado reducido a un 50 por ciento de la flota de cada empresa. En algunos casos se aplicará una horquilla que va del 40 al 60 por ciento. Además, el número de billetes que se pueden poner a la venta queda reducido a un tercio del total. Todos los billetes contarán con una leyenda en la que se pedirá que no se viaje si no es estrictamente necesario. Se obligará a limpiar todos los vehículos al final del día siguiendo las indicaciones dispuestas por el Gobierno. Las entidades locales y autonómicas podrán limitar aún más el volumen de unidades destinadas al transporte de personas, pero no podrán aumentar la flota por encima de lo dictado por el Gobierno.

  • Circulación de vehículos: Como podemos leer en el artículo 7.1 del Real Decreto publicado en el BOE, existen algunas excepciones por las que podemos circular en coche, siendo las más importantes el ir a la compra, a nuestro lugar de trabajo o volver a nuestra residencia habitual. Se deberá circular una persona en cada coche en la medida de lo posible, aunque la Guardia Civil confirma que puede haber excepciones, más allá de garantizar el movimiento a personas discapacitadas o con problemas de movilidad.

  • Cortes de tráfico: El estado de alarma establece que el Gobierno puede decretar cortes de tráfico en las distintas vías por motivos de seguridad, para garantizar la salud pública o por fluidez del tráfico. De esta manera, se pueden llegar a establecer controles para asegurar el confinamiento de poblaciones si esto llegara a ser necesario.

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