Trucos para recurrir las multas más comunes

No te dejes engañar con el descuento del 50 por ciento que te ofrece la Administración por el pronto pago de una sanción. Si te han puesto una multa y crees que no es justa, estás en tu derecho de recurrirla. Te contamos cómo hacerlo.

Marina Gª del Castillo. Twitter: @MarinaCActual

Trucos para recurrir las multas más comunes
Trucos para recurrir las multas más comunes

Al igual que nosotros los conductores estamos obligados al cumplimiento de las normas de tráfico, por ejemplo, no saltarnos un semáforo en rojo; la Administración está obligada al cumplimiento de otras normas, en este caso de procedimiento administrativo para poder multarnos. Y en muchas ocasiones, la Administración no cumple la ley. Por eso se ganan las multas. Las únicas multas que no se pueden recurrir son aquellas que han 'caducado', por así decirlo.

Las multas te pueden llegar de dos maneras: en mano o con una notificación por correo al titular del vehículo en la que se pedirá identificar al conductor. Dispones de un plazo de 20 días naturales para realizar las alegaciones y proponer las pruebas pertinentes o para facilitar los datos del conductor a la Administración, para posteriormente realizar las alegaciones y proponer pruebas cuando le notifiquen la denuncia al conductor identificado.

El siguiente paso lo tiene que dar la Administración: la remisión de las pruebas propuestas, frente a las cuales se te conferirá un nuevo plazo de 15 o 20 días naturales para alegar lo oportuno a la defensa.

La vía administrativa termina con la estimación o desestimación de las alegaciones presentadas y será notificada por parte de la Administración con la resolución sancionadora, frente a la cual podrás interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, quedando siempre abierta de manera paralela la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses.

Si en una multa no dispones de pruebas que te ayuden a desvirtuar la palabra del agente denunciante, debes siempre negar los hechos y solicitarlas tú. Dependiendo del hecho denunciado, las pruebas a solicitar serán específicas, cobrando mayor o menor relevancia la remisión de las mismas.

Multa de estacionamiento

Ahora veamos cómo recurrir las multas más comunes, por ejemplo, por estacionamiento. Si no dispones de ninguna documentación a aportar, deberás negar los hechos y solicitar las pruebas oportunas, esperando que se produzca un defecto de forma que invalide la multa.

Los principales motivos por los que deberás recurrir una multa de estacionamiento son los siguientes:

-        Limitación horaria sin ticket: si puedes aportar el ticket expedido en zona indicada, fecha y hora correcta.

-        Carga y descarga: si pueden aportar la autorización para realizar labores de carga y descarga.

-        Zonas residentes: si pueden aportar la tarjeta de residente que coincida con la zona y el año en curso.

-        Plazas reservadas a minusválidos: si puedes aportar la tarjea de minusvalía.

-        Anulación de la denuncia en parquímetro: si en las multas de limitación horaria no dispones del ticket que te autorice el estacionamiento o teniendo el mismo has rebasado la limitación permitida, podrás proceder a la anulación de la denuncia y realizar un escrito de alegaciones aportando la documentación que acredite dicha anulación.

Multa de velocidad

En las multas por presunto exceso de velocidad, además de siempre negar los hechos, debes prestar especial atención a la petición de pruebas y remisión de las mismas, como la prueba fotográfica y el certificado de verificación del radar.

- En la fotografía que se nos realice deberás comprobar en primer lugar que la matrícula del vehículo es legible, permitiendo la correcta identificación del vehículo, así como que en dicha fotografía el único vehículo que aparezca sea el tuyo.

- En el supuesto de que figuren varios vehículos siempre podrás alegar que no se puede determinar qué vehículo ha hecho saltar el radar.

- También tendrás que corroborar que la fecha, hora y exceso de velocidad indicado coincide con la recogida en la multa.

- Certificado de verificación del cinemómetro: todo radar debe haber pasado un control de homologación que te asegurarás que estuviera en vigor en la fecha de la presunta infracción. En dicho certificado comprobarás que el modelo indicado se corresponde con el que midió la velocidad en la fecha de la denuncia.

- Mediante la fotografía, el cinemómetro y la multa podrás comprobar, además, que se hayan aplicado correctamente los márgenes de error. 

Multa por alcoholemia

Al igual que en el resto de las multas anteriores, si no dispones de documentación a aportar, tendrás que negar los hechos y solicitar las pruebas pertinentes, que son: el certificado de verificación del etilómetro y los tickets expedidos por el mismo.

- En el certificado de verificación del etilómetro tienes que corroborar la homologación en vigor del etilómetro en la fecha de la denuncia, así como la coincidencia del modelo utilizado.

- Con los tickets arrojados por el etilómetro deberás comprobar que los datos y valores se corresponden con los reflejados en la denuncia. Siempre deberán existir dos tickets correspondientes a las dos pruebas que hay obligación de realizar.

- Dichas pruebas deberán guardar como mínimo 10 minutos de diferencia entre una y otra. 

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