Seguro de coche: dónde asegurarlo cuando nadie te quiere

Si estás buscando un seguro para tu coche pero te han rechazado en al menos dos compañías aseguradoras privadas, no te preocupes porque tiene solución.

Marina Gª del Castillo. Twitter: @MarinaAutopista

Seguro de coche: dónde asegurarlo cuando nadie te quiere
Seguro de coche: dónde asegurarlo cuando nadie te quiere

La Ley obliga a todo propietario de un coche a contratar como mínimo un seguro que cubra los daños que pueda causar a terceros. Pero para muchos jóvenes conductores cumplir con esta obligación legal puede resultar bastante difícil, ya que las compañías aseguradoras no quieren tenerlos como clientes poniendo como escusa su alta siniestralidad.

Así, muchos jóvenes no tienen más remedio que acudir al Consorcio de Compensación de Seguros. Se trata de una entidad pública vinculada al Ministerio de Economía y Competitividad, que tiene la obligación de asegurar a todos los conductores de vehículos que acrediten que han sido rechazados, al menos, por dos compañías aseguradoras privadas.

Por lo general, los asegurados del Consorcio suelen ser jóvenes conductores. El 14,3 por ciento son menores de 18 años y el 57,8 por ciento tienen entre 19 y 25 años. En la actualidad, el Consorcio de Compensación de Seguros tiene asegurados 1.947 vehículos, principalmente ciclomotores y motocicletas. ¿Quieres saber qué cubre el seguro del Consorcio?

El seguro del Consorcio SI incluye

  • La reparación de los daños producidos a terceros por hechos de la circulación. Hasta 70 millones de euros por daños a las personas y hasta 15 millones de euros por siniestro en daños materiales.
  • Asistencia mecánica, farmacéutica y hospitalaria: en la cuantía necesaria hasta la curación o consolidación de secuelas, siempre que el gasto esté debidamente justificado.
  • Gastos de entierro y funeral: según los usos y costumbres del lugar donde se preste el servicio, en la cuantía que se justifique.

El seguro del Consorcio NO incluye

  • Daños causados a terceros por encima de los límites cuantitativos ya explicados en el anterior epígrafe.
  • Daños y perjuicios ocasionados por las lesiones o fallecimiento del conductor del vehículo causante del accidente.
  • Daños materiales sufridos por el propio vehículo ni por las cosas transportadas.
  • Reclamación de daños, defensa jurídica, asistencia de viaje…

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