Hacienda modifica la tributación de las dietas en el transporte por carretera

Conozca las cantidades exentas de declarar en el IRPF

Redaccion Transporte Mundial

Curso de Gestión Financiera en Empresas de Transporte
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Conozca las cantidades exentas de declarar en el IRPF


A raiz de los acuerdos derivados de la huelga de junio, y con vigencia desde el 1 de enero de 2008, el MInisterio de Economía y Hacienda ha modificado la tributación de las dietas en el transporte por carretera. Las dietas que no tributan IRPF son las siguientes: Cuando exista pernocta fuera del municipio dond eesté radicada la empresa, se consideran exentas las siguientes dietas: -Pernocta: Hasta 15 euros/día en transporte nacional y hasta 25 euros/día en transporte internacional. -Manutención: Hasta 53,34 euros en nacional y hasta 91,35 euros en internacional.

Cuando los transportes no precisen de pernoctar fuera del municipio donde esté radicada la empresa, las dietas exentas de IRPF serán las siguientes: -manutención: hasta 26,67 euros en nacional y hasta 48,08 euros en internacional.