España ya cuenta con una Ley de Protección Animal

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la Ley de Protección Animal, que regula la relación con los animales de compañía y responde al sentir de la sociedad para no tolerar el maltrato, el abandono y el sacrificio de los animales.

La Ley de Protección Animal responde al sentir de la sociedad en contra del maltrato.
La Ley de Protección Animal responde al sentir de la sociedad en contra del maltrato.

La aprobación de la Ley de Protección Animal, elaborada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, fija como uno de los puntos claves el sacrificio cero, es decir, no se podrá sacrificar a animales de compañía, salvo por razones sanitarias.

Asimismo, pone fin a la comercialización de animales en las tiendas de mascotas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales, mientras que la cría, solo podrá llevarse a cabo por criadores autorizados.

Incluye la prohibición de prácticas que provoquen sufrimiento en los animales, como por ejemplo, el uso de collares eléctricos o pinchos o la posibilidad de llevarlos atados a un vehículo en marcha

Otro de los apartados incluidos en la citada norma alude a la prohibición de prácticas que provoquen sufrimiento en los animales, como por ejemplo, el uso de collares eléctricos o pinchos o la posibilidad de llevarlos atados a un vehículo en marcha.

La ley considera que ningún animal es peligroso por su raza y que los perros deben ser valorados individualmente. Por eso se elimina la lista de perros peligrosos, "sin perjuicio de que, reglamentariamente, se establezcan las condiciones en que deberían manejarse, previa realización de un estudio de sociabilidad".

La Ley elimina la lista de perros peligrosos.
La Ley elimina la lista de perros peligrosos. Foto: IStock.

También prohíbe los animales salvajes en circos, como ya ocurre en buena parte de las comunidades autónomas, así como crear un registro de infractores que impida la tenencia de animales -o su uso para actividades económicas- por parte de personas inhabilitadas por sentencia judicial. La ley, además, prohíbe a nivel estatal las peleas de gallos -que siguen estando permitidas en determinadas circunstancias en Andalucía y Canarias-, la cría de visones americanos por su potencial invasor o la cría, comercialización y tenencia de animales exóticos, que supongan "un posible riesgo para la seguridad pública o el medio ambiente".

Régimen sancionador

Esta Ley establece un régimen sancionador en el que se distinguen tres tipos diferentes de faltas -leves, graves y muy graves- y que podrían llegar hasta los 600.000 euros, para las infracciones más graves, entre las que se cuenta con la celebración de peleas de gallos, la cría de visones o de animales sin control, así como la utilización de animales salvajes en circos, están castigadas con sanciones de entre 30.001 y 100.000 euros.

Incluye la posibilidad de inhabilitar al propietario de la tenencia de animales

También incluye medidas accesorias para los incumplimientos que pueden dar lugar al decomiso del animal y su entrega a una entidad de protección, así como la posibilidad de inhabilitar al propietario de la tenencia de animales “por un periodo máximo de cinco años para las infracciones graves y de cinco a diez años para las muy graves”.

Fuente: EFEverde.