Todas las situaciones en las que SÍ puedes adelantar con línea continua… y sin multa

Sí, lo sabes: con línea continua en carretera, prohibido totalmente adelantar. Es una de las maniobras más peligrosas, pero hay hasta 5 casos en los que, con prudencia, se puede realizar.

Todas las situaciones en las que SÍ puedes adelantar con continua…  y sin multa
Todas las situaciones en las que SÍ puedes adelantar con continua… y sin multa

La línea continua para adelantar es una de las prohibiciones sagradas para la circulación y, sin duda, una de las primeras normas de tráfico que todo aspirante a conductor memoriza a fuego. De hecho, no cumplir con ella supone uno de los mayores riesgos de accidente mortal de tráfico en carretera, ya que está generalmente ubicadas en tramos peligrosos o de escasa visibilidad, y especialmente en carreteras convencionales donde el impacto frontal es una de las primeras causas de muerte. De hecho, de los 1.180 fallecidos en accidentes en 2018, hasta el 74 por ciento tuvo lugar en carreteras convencionales.

Así que, obviamente, es una máxima imperativa: con línea continua no adelantes. Sin embargo, como todo en la vida, siempre hay excepciones… y en este caso también. Si hace unos días ya te contamos los casos en los que SÍ puedes adelantar por la derecha, ahora te explicamos a continuación las 5 situaciones en las que SÍ podrás adelantar o rebasar la línea continua en una carretera sin temor a ser sancionado, aunque que te quede también bien claro: siempre que la visibilidad te lo permita, sea una acción rápido y no pongas en riesgo ni a ti ni al resto de usuarios.

Estas son las excepciones que contempla el Reglamento de Tráfico y la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en la que te ahorrarás la sanción habitual de 400 euros y 4 puntos de carné por adelantar con línea continua:

Todas las situaciones en las que SÍ puedes adelantar con continua…  y sin multa

Se puede adelantar y rebasar línea continua dejando 1,5 metros si te encuentras con ciclistas y las condiciones lo permiten
  • Al adelantar bicicletas: quizá es la más conocida por estar más de actualidad. Cuando te encuentres a un ciclista o grupo de ciclistas en carretera, podrás adelantar y rebasar la línea continua para adelantar siempre que no ponga en peligro ni a ellos ni al resto de los usuarios de la vía. Como condición indispensable, y tanto en vías urbanas como interurbanas, la maniobra debe realizarse siempre dejando 1,5 metros como mínimo de separación lateral entre nuestro coche y los ciclistas. Si la situación lo requiere, por tanto, se puede invadir parcialmente el carril del sentido contrario para cumplir con la distancia.

  • Al rebasar vehículos inmovilizados: otra excepción viene contemplada en el Artículo 88 del Reglamento de Tráfico: “Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro." Así que despejada la duda también.

Todas las situaciones en las que SÍ puedes adelantar con continua…  y sin multa

Los animales en la calzada, otra excepción
  • Al adelantar a ciclos y ciclomotores: si antes hablábamos de ciclistas, ahora toca de ciclos y ciclomotores. El Artículo 35.4 de la Ley sobre Tráfico considera que se puede realizar también, pero dejando igualmente al menos 1,5 metros de separación lateral invadiendo parcial o totalmente el carril contrario en caso necesario.

  • Para superar obstáculos: otra excepción llega contemplada en el Artículo 89 del Reglamento de Tráfico, que asegura expresamente que “todo vehículo que encuentre cualquier obstáculo en su camino que le obligue a ocupar el espacio dispuesto para el sentido contrario de su marcha podrá rebasarlo, siempre que se haya cerciorado de que puede efectuarlo sin peligro".

  • Al adelantar a peatones, animales y vehículos de tracción animal: y llegamos ya a la última posibilidad de poder pisar o rebasar una línea continua en carretera. Mismo criterio en este caso que con ciclistas o ciclos: se puede adelantar a peatones, animales o vehículos de tracción animal dejando siempre 1,5 metros de separación lateral en vías interurbanas, mientras que en las urbanas la normativa exige un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada.

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