La Audiencia de Granada ha desestimado el recurso que presentó un joven por considerar éste que un juez lo había condenado en base a "conjeturas y suposiciones". Todo, a pesar de haber chocado con tres coches, derribado una señal de tráfico y no poder someterse a las pruebas de alcoholemia por falta de fuerzas, debido a su estado de embriaguez. El acusado, L.M.M., se enfrenta a una condena de 180.000 pesetas de multa y retirada del carné de conducir durante dos años, impuesta por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Granada. Además, la aseguradora del infractor deberá abonar más de un millón de pesetas por los daños ocasionados a los tres turismos.
Los hechos ocurrieron a las seis de la mañana del 19 de abril de 1997 en una calle del centro de la "movida" granadina. Un peatón, también ebrio y harto de esperar un taxi, saltó sobre el capó del Seat 124 que conducía el infractor. Éste pretendió desprenderse del eventual pasajero acelerando y frenando después, sin éxito alguno; repitió entonces la maniobra impactando con el primer coche; el pasajero salió despedido sin sufrir lesiones importantes. Entonces, el conductor emprendió la huida por la celle en dirección prohibida, colisionando por segunda vez contra el primer vehículo, que ahora intentaba impedirle la escapada. Al dar marcha atrás pasó por encima de una señal de dirección prohibida y, al continuar la fuga, impactó contra otros dos automóviles. El episodio terminó con la intervención de la Policía Local.
La primera prueba de alcoholemia dio 1,09 miligramos de alcohol; la segunda no la pudo hacer, pese a realizar cuatro intentos, por "incapacidad para soplar", según la sentencia; ésta alude expresamente a la "inestabilidad absoluta —del acusado—, siéndole materialmente imposible guardar la verticalidad, nula coordinación física y casi nula coordinación psíquica, e incapacidad para articular palabras entendibles al ser preguntado por lo sucedido". Según el atestado de la Policía Local, el acusado presentaba señales de haber ingerido alcohol, como "ojos enrojecidos con dificultades para mantenerlos abiertos, permaneciendo gran parte del tiempo con ellos cerrados".
El condenado recurrió la sentencia por considerar que se vulneró su presunción de inocencia, siendo rechazada por la Audiencia de Granada al considerar que el Juzgado de lo Penal, en su relato de los hechos y su fundamentación jurídica, "en modo alguno ha infringido el principio constitucional de presunción de inocencia" que alegó el acusado.
Recurre una sentencia pese a conducir ebrio y chocar con tres coches
Todo comenzó con un peatón que, bebibo y harto de esperar un taxi, saltó al capó del Seat 124 que conducía el condenado. Éste debe hacer frente a una multa de 180.000 pesetas y dos años de retirada de carné. Por su parte, la aseguradora deberá abonar más de un millón de pesetas por los daños causados a los tres vehículos.