Es muy habitual, sobre todo en grandes ciudades donde las plazas de aparcamiento públicas no son suficientes para dar cabida a todo el parque automovilístico. En grandes urbes como Madrid, Barcelona, Valencia o Sevilla, por ejemplo, es muy frecuente que los conductores estacionen temporalmente su vehículo en un lugar prohibido permaneciendo en el interior del mismo mientras esperan a algún familiar o amigo durante un buen rato.
En este caso, ¿pueden multarte por esta mal aparcado si no te bajas del coche? Antes de contestarte a esta pregunta de la mano de Pyramid Consulting, es necesario distinguir entre dos conceptos que a menudo se confunden, pero son bien diferentes si quieres evitar una multa: parada y estacionamiento.
La parada se define según la ley de seguridad vial como la inmovilización de un automóvil durante un tiempo inferior a dos minutos sin que el conductor pueda abandonarlo; por su parte, el estacionamiento se define como la inmovilización de un vehículo que no se encuentra en situación de detención o de parada. De esta forma, ha de quedar claro que el tiempo máximo que el vehículo puede permanecer en situación de parada no podrá exceder de dos minutos y, además, el conductor no podrá abandonarlo en ningún momento.
En el caso de que detengas/aparques tu vehículo en un lugar no permitido y superes esos dos minutos que dice la Ley, ya no estarás en situación de parada, sino de estacionamiento. En este caso, según Pyramid Consulting SÍ te pueden multar, ya que la conducta de mal estacionamiento es considerada la misma estando o no en el interior del vehículo el conductor.
En este supuesto, según explica Pyramid Consulting, si un controlador de la zona SER (Servicio de Estacionamiento Regulado) o un Policía Local te pilla dentro de tu vehículo y no puedes demostrar que tu detención haya sido inferior a los dos minutos –en estos casos, los agentes suelen comprobar el tiempo que un vehículo está mal estacionado- en ese mismo momento te pueden dar en mano el boletín o la notificación correspondiente de multa por aparcar en un sitio prohibido.
Multa de aparcamiento: cómo recurrir
Desde Pyramid Consulting se señalan varios supuestos para poder o no recurrir una multa de aparcamiento. En el caso de que se haya estacionado en una plaza reservada para minusválidos, en una zona de carga y descarga y que ese mal aparcamiento haya perjudicado a un tercero (en este caso, a una persona con movilidad reducida que quería haber aparcado en esa plaza o a un vehículo de transportes, por ejemplo), esta asesoría jurídica señala que será difícil que el recurso de multa prospere y llegue a buen puerto, sobre todo si la plaza reservada en cuestión estaba bien señalizada.
En otro tipo de situaciones tales como el estacionamiento en la acera o en zonas prohibidas, por detener el vehículo en doble fila u olvidarte de poner el ticket en una zona de estacionamiento regulado, resulta clave si el conductor estaba o no presente en el momento de recibir la multa. Por otro lado, desde Pyramid Consulting, también se señala la importancia de otros detalles a tener en cuenta. ¿Los más importantes? La posible mala señalización de la zona de aparcamiento reservada o, en el caso de que haya señales, éstas no se puedan ver por estar deterioradas o porque alguna rama de árbol o un acto vandálico (como una pintada o varias pegatinas pegadas) impidan ver e identificar de forma correcta la señal correspondiente de prohibido aparcar (o aparcamiento reservado para minusválidos o zona de carga/descarga). En estos últimos casos, es recomendable hacer una o más fotografías que servirán de prueba para el recurso de tu multa.